Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Pesga. (BOP-2023-3663)
BOP-2023-3663 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural "Arrosvega Ecológica II".
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo, reponiéndolo en caso de pérdida de la herramienta personal.
- Comunicar a la dirección o docente cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto de
personal del proyecto, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
- No se permitirá fumar durante la jornada laboral, salvo en el descanso diario o en los criterios
establecidos por los monitores a tal fin, y siempre en espacios exteriores abiertos. Queda
totalmente prohibido el consumo de alcohol o cualquier otra droga o sustancia que pueda
alterar las facultades físicas o mentales del trabajador, salvo por prescripción médica
debidamente acreditada y siempre que ello no impida cumplir con normalidad los deberes
propios del puesto.
- Se prohíbe la tenencia, uso o exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares
en las sedes de formación y entornos de trabajo.
- Cumplir las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando
correctamente las protecciones y medios que el proyecto pone a su disposición.
- Los Propios del EBEP y del Estatuto de los/as Trabajadores/as, así como cuantos otros se
deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
NORMAS DE CONDUCTA Y CONVIVENCIA LABORAL
Las normas recogidas en el presente documento, serán de aplicación a la totalidad del
personal directivo, docente y auxiliar de apoyo, es decir, afectan tanto al equipo técnico como a
los alumnos/as-trabajadores/as beneficiarios y adscritos al Programa Colaborativo Rural y
estarán vigentes durante toda la duración del mismo, sin perjuicio de lo establecido en la
normativa específica que regula los programas, el Estatuto Básico del empleado Público, el
Estatuto de los/as Trabajadores/as y demás legislación aplicable.
El alumnado queda vinculado a la Entidad Promotora, es decir, al Ayuntamiento de La Pesga y
asumen los derechos y deberes recogidos en el presente documento, y en su defecto, los
generales que se reconocen en el Estatuto Básico del/la Empleado/a Público/a, el Estatuto de
los/as Trabajadores/as y demás legislación aplicable. Su efectividad se hará extensiva tanto a
la fase de formación como a la sucesiva de formación en alternancia con empleo, al entender
que la adopción de un marco normativo disciplinario desde el inicio del proyecto posibilita el
eficaz funcionamiento del programa así como de las distintas especialidades y cualificaciones
profesionales de que consta.
CVE:
BOP-2023-3663
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de junio de 2023
N.º 0108
Pág. 18731
desarrollo de su trabajo, reponiéndolo en caso de pérdida de la herramienta personal.
- Comunicar a la dirección o docente cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto de
personal del proyecto, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
- No se permitirá fumar durante la jornada laboral, salvo en el descanso diario o en los criterios
establecidos por los monitores a tal fin, y siempre en espacios exteriores abiertos. Queda
totalmente prohibido el consumo de alcohol o cualquier otra droga o sustancia que pueda
alterar las facultades físicas o mentales del trabajador, salvo por prescripción médica
debidamente acreditada y siempre que ello no impida cumplir con normalidad los deberes
propios del puesto.
- Se prohíbe la tenencia, uso o exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares
en las sedes de formación y entornos de trabajo.
- Cumplir las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando
correctamente las protecciones y medios que el proyecto pone a su disposición.
- Los Propios del EBEP y del Estatuto de los/as Trabajadores/as, así como cuantos otros se
deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
NORMAS DE CONDUCTA Y CONVIVENCIA LABORAL
Las normas recogidas en el presente documento, serán de aplicación a la totalidad del
personal directivo, docente y auxiliar de apoyo, es decir, afectan tanto al equipo técnico como a
los alumnos/as-trabajadores/as beneficiarios y adscritos al Programa Colaborativo Rural y
estarán vigentes durante toda la duración del mismo, sin perjuicio de lo establecido en la
normativa específica que regula los programas, el Estatuto Básico del empleado Público, el
Estatuto de los/as Trabajadores/as y demás legislación aplicable.
El alumnado queda vinculado a la Entidad Promotora, es decir, al Ayuntamiento de La Pesga y
asumen los derechos y deberes recogidos en el presente documento, y en su defecto, los
generales que se reconocen en el Estatuto Básico del/la Empleado/a Público/a, el Estatuto de
los/as Trabajadores/as y demás legislación aplicable. Su efectividad se hará extensiva tanto a
la fase de formación como a la sucesiva de formación en alternancia con empleo, al entender
que la adopción de un marco normativo disciplinario desde el inicio del proyecto posibilita el
eficaz funcionamiento del programa así como de las distintas especialidades y cualificaciones
profesionales de que consta.
CVE:
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Verificable
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Viernes, 9 de junio de 2023
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