Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almoharín. (BOP-2023-3650)
BOP-2023-3650 Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por prestación del servicio público "Centro de Día" y "servicio municipal de comidas".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Servicio de higiene personal para dependientes.
- Servicio de higiene personal para válidos/as con informe favorable de la Comisión de
Valoración y Seguimiento.
- Servicio Municipal de Comidas realizados por este Ayuntamiento o por el/a concesionario/a
en su caso.
Artículo 5º.- Tarifa.
A) Por servicios prestados a usuarios/as en el Centro:
1.- 40% del importe de la pensión, con un mínimo de 300 € por mes y un máximo de 650€.
2.- Si los/as dos usuarios/as fueran matrimonio, o tuvieran relación análoga, y uno de los dos
careciera de pensión mensual, el 40% de los ingresos de la unidad familiar con un mínimo de
500 € por mes y máximo 1.200 euros.
3.- En el supuesto de usuarios/as con rentas mensuales por pensión y otros ingresos inferiores
a 300 € por mes, la Dirección del Centro y el/la Trabajador/a Social evaluarán los casos y
propondrán al Ayuntamiento la cuota mensual a pagar por el servicio.
4.- Si el/a usuario/a ocupara una plaza municipal acreditada conforme a lo establecido en la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia, la cuota tributaria se establece en 650€/mes.
5.- Todos los precios establecidos se contemplan con IVA incluido
6.- El cálculo de la pensión se realizará, multiplicando la cuantía de la misma por catorce
meses y dividiendo el resultado obtenido entre doce meses. (Para aquellos que tenga paga
extraordinaria). Para el resto se dividirá entre doce meses.
B) Por utilización del Servicio Municipal de Comidas fuera del Centro
Por mes completo (30 días) comida y cena: 350 euros/mes.
Por mes completo (30 días) comida o cena: 180 euros/mes.
Por días sueltos, comida y cena: 12 euros/día
Por días sueltos, comida o cena: 6 euros/día.
CVE:
BOP-2023-3650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de junio de 2023
N.º 0108
Pág. 18664
- Servicio de higiene personal para válidos/as con informe favorable de la Comisión de
Valoración y Seguimiento.
- Servicio Municipal de Comidas realizados por este Ayuntamiento o por el/a concesionario/a
en su caso.
Artículo 5º.- Tarifa.
A) Por servicios prestados a usuarios/as en el Centro:
1.- 40% del importe de la pensión, con un mínimo de 300 € por mes y un máximo de 650€.
2.- Si los/as dos usuarios/as fueran matrimonio, o tuvieran relación análoga, y uno de los dos
careciera de pensión mensual, el 40% de los ingresos de la unidad familiar con un mínimo de
500 € por mes y máximo 1.200 euros.
3.- En el supuesto de usuarios/as con rentas mensuales por pensión y otros ingresos inferiores
a 300 € por mes, la Dirección del Centro y el/la Trabajador/a Social evaluarán los casos y
propondrán al Ayuntamiento la cuota mensual a pagar por el servicio.
4.- Si el/a usuario/a ocupara una plaza municipal acreditada conforme a lo establecido en la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia, la cuota tributaria se establece en 650€/mes.
5.- Todos los precios establecidos se contemplan con IVA incluido
6.- El cálculo de la pensión se realizará, multiplicando la cuantía de la misma por catorce
meses y dividiendo el resultado obtenido entre doce meses. (Para aquellos que tenga paga
extraordinaria). Para el resto se dividirá entre doce meses.
B) Por utilización del Servicio Municipal de Comidas fuera del Centro
Por mes completo (30 días) comida y cena: 350 euros/mes.
Por mes completo (30 días) comida o cena: 180 euros/mes.
Por días sueltos, comida y cena: 12 euros/día
Por días sueltos, comida o cena: 6 euros/día.
CVE:
BOP-2023-3650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de junio de 2023
N.º 0108
Pág. 18664