Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almoharín. (BOP-2023-3650)
BOP-2023-3650 Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por prestación del servicio público "Centro de Día" y "servicio municipal de comidas".
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Almoharín
ANUNCIO. Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por prestación del
servicio público "Centro de Día" y "servicio municipal de comidas".
Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133,2 y 142 de laConstitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestación
del servicio de CENTRO DE DIA, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas
atienden a lo prevenido en el artículo 57 de la citada Ley 39/88.
Artículo 2º.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible el Precio Público de esta ordenanza, el uso, disfrute o utilización
de las instalaciones del Centro de Día, la prestación de servicios en sus instalaciones. Así
como la prestación del servicio municipal de comidas.
Artículo 3º.- Devengo.
La obligación del pago del precio público nace desde el momento en que se inicie el servicio,
previo expediente de admisión tramitado al efecto.
Artículo 4º.- Sujetos Pasivos.
Están obligados/as al pago del precio público por la utilización del Centro de Día del
Ayuntamiento de Almoharin, todos/as los/as usuarios/as que se beneficien de la prestación de
los servicios del Centro de Día, y que serán como mínimo algunos de los siguientes:
- Servicios para usuarios/as válidos/as y dependientes:
- Servicio de comedor (desayuno, comida, merienda y cena)
- Servicio de talleres ocupacionales y socioculturales.
CVE:
BOP-2023-3650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de junio de 2023
N.º 0108
Pág. 18663
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Almoharín
ANUNCIO. Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por prestación del
servicio público "Centro de Día" y "servicio municipal de comidas".
Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133,2 y 142 de laConstitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestación
del servicio de CENTRO DE DIA, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas
atienden a lo prevenido en el artículo 57 de la citada Ley 39/88.
Artículo 2º.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible el Precio Público de esta ordenanza, el uso, disfrute o utilización
de las instalaciones del Centro de Día, la prestación de servicios en sus instalaciones. Así
como la prestación del servicio municipal de comidas.
Artículo 3º.- Devengo.
La obligación del pago del precio público nace desde el momento en que se inicie el servicio,
previo expediente de admisión tramitado al efecto.
Artículo 4º.- Sujetos Pasivos.
Están obligados/as al pago del precio público por la utilización del Centro de Día del
Ayuntamiento de Almoharin, todos/as los/as usuarios/as que se beneficien de la prestación de
los servicios del Centro de Día, y que serán como mínimo algunos de los siguientes:
- Servicios para usuarios/as válidos/as y dependientes:
- Servicio de comedor (desayuno, comida, merienda y cena)
- Servicio de talleres ocupacionales y socioculturales.
CVE:
BOP-2023-3650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de junio de 2023
N.º 0108
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