Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2023-3646)
BOP-2023-3646 Aprobación definitiva modificación Ordenanza ICIO.
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Artículo 3. Construcciones, instalaciones y obras sujetas.
Están sujetas al Impuesto todas aquellas cuya ejecución implique la realización del hecho
imponible definido en el artículo anterior; y en particular las siguientes:
a) Las obras de nueva planta y de ampliación de edificios, o necesarias para la
implantación, ampliación, modificación o reforma de instalaciones de cualquier tipo.
b) Las obras de modificación o de reforma que afecten a la estructura, el aspecto
exterior o la disposición interior de los edificios, o que incidan en cualquier clase de
instalaciones existentes.
c) Las obras provisionales.
d) La construcción de vados para la entrada y salida de vehículos de las fincas en la vía
pública.
e) Las construcciones, instalaciones y obras realizadas en la vía pública por particulares
o por las empresas suministradoras de servicios públicos, que corresponderán tanto a
las obras necesarias para la apertura de calas y pozos, colocación de postes de soporte,
canalizaciones, conexiones y, en general, cualquier remoción del pavimento o aceras,
como las necesarias para la reposición, reconstrucción o arreglo de lo que haya podido
estropearse con las calas mencionadas.
f) Los movimientos de tierra, tales como desmontes, explanaciones, excavaciones,
terraplenados, salvo que estos actos estén detallados y programados como obras a
ejecutar en un proyecto de urbanización o edificación aprobado o autorizado.
g) Las obras de cierre de los solares o de los terrenos y de las vallas, los andamios y los
andamiajes de precaución.
h) La nueva implantación, la ampliación, la modificación, la sustitución o el cambio de
emplazamiento de todo tipo de instalaciones técnicas de los servicios públicos,
cualquiera que sea su emplazamiento.
i) Los usos e instalaciones de carácter provisional.
j) La instalación, reforma o cualquier otra modificación de los soportes o vallas que
tengan publicidad o propaganda.
k) Las instalaciones subterráneas dedicadas a los aparcamientos, a las actividades
CVE:
BOP-2023-3646
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de junio de 2023
N.º 0108
Pág. 18634
Están sujetas al Impuesto todas aquellas cuya ejecución implique la realización del hecho
imponible definido en el artículo anterior; y en particular las siguientes:
a) Las obras de nueva planta y de ampliación de edificios, o necesarias para la
implantación, ampliación, modificación o reforma de instalaciones de cualquier tipo.
b) Las obras de modificación o de reforma que afecten a la estructura, el aspecto
exterior o la disposición interior de los edificios, o que incidan en cualquier clase de
instalaciones existentes.
c) Las obras provisionales.
d) La construcción de vados para la entrada y salida de vehículos de las fincas en la vía
pública.
e) Las construcciones, instalaciones y obras realizadas en la vía pública por particulares
o por las empresas suministradoras de servicios públicos, que corresponderán tanto a
las obras necesarias para la apertura de calas y pozos, colocación de postes de soporte,
canalizaciones, conexiones y, en general, cualquier remoción del pavimento o aceras,
como las necesarias para la reposición, reconstrucción o arreglo de lo que haya podido
estropearse con las calas mencionadas.
f) Los movimientos de tierra, tales como desmontes, explanaciones, excavaciones,
terraplenados, salvo que estos actos estén detallados y programados como obras a
ejecutar en un proyecto de urbanización o edificación aprobado o autorizado.
g) Las obras de cierre de los solares o de los terrenos y de las vallas, los andamios y los
andamiajes de precaución.
h) La nueva implantación, la ampliación, la modificación, la sustitución o el cambio de
emplazamiento de todo tipo de instalaciones técnicas de los servicios públicos,
cualquiera que sea su emplazamiento.
i) Los usos e instalaciones de carácter provisional.
j) La instalación, reforma o cualquier otra modificación de los soportes o vallas que
tengan publicidad o propaganda.
k) Las instalaciones subterráneas dedicadas a los aparcamientos, a las actividades
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