Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2023-3646)
BOP-2023-3646 Aprobación definitiva modificación Ordenanza ICIO.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alcántara
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza ICIO.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación
de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras,
cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Artículo 1. Establecimiento del Impuesto y normativa aplicable.
1. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15.1 y 60.2 de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda la imposición y ordenación en
este Municipio del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
2. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras se regirá por:
a) Las normas reguladoras del mismo, contenidas en la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales; y por las demás disposiciones legales
y reglamentarias que complementen y desarrollen dicha Ley.
b) La presente Ordenanza fiscal.
Artículo 2. Hecho imponible.
1. Lo constituye la realización de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija
la obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha
licencia, siempre que su expedición corresponda a este Ayuntamiento.
2. Se produce por la mera realización de las construcciones, instalaciones y obras
mencionadas; y afecta a todas aquellas que se realicen en este término municipal, aunque se
exija la autorización de otra Administración.
CVE:
BOP-2023-3646
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de junio de 2023
N.º 0108
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