Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3466)
BOP-2023-3466 Concurso-oposición mediante promoción interna de tres plazas de Jefes/as de Taller. Convocatoria.
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Concluido el Curso Selectivo, el Tribunal hará pública en página corporativa de Empleo Público la
relación de aspirantes presentados y las calificaciones obtenidas. Los aspirantes dispondrán de un plazo de
tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación provisional, para hacer
reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los aspirantes que no figuren en
la relación se considerarán excluidos.
La puntuación provisional de la Fase de Concurso se hará pública por el Tribunal Calificador en la
página web de Empleo Público, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la puntuación provisional, para hacer alegaciones. Resueltas las alegaciones, o transcurrido el
plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el tribunal hará públicas en la página web de Empleo
Público las puntuaciones definitivas de la fase de concurso.
9.3. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en el Tablón Electrónico la relación de aprobados, por el orden de
puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad, así como la puntuación final
alcanzada.
Simultáneamente se publicarán en la página Web Empleo Público la relación de aprobados con
indicación de las puntuaciones parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos del
Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración, estará
referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de
la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal
9.4. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes
al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas,
cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por
los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se
deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de
posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que
sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
9.5. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado disponen de un plazo
de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que cumplen los
requisitos exigidos, y serán nombrados Funcionarios de Carrera mediante Resolución del órgano competente,
que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará
según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 11
del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al
empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de
los empleados públicos con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa
o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del
Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española,
de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
DÉCIMA.- Presentación de documentación.
CVE:
BOP-2023-3466
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de junio de 2023
N.º 0102
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