Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2023-3436)
BOP-2023-3436 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural "Ceclavín Emplea".
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Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal
estado durante el horario del mismo.
Coartar la libertad de los/as compañeros/as, amenazas a estos y al resto del equipo y
crear en el programa de formación en alternancia con el empleo "Ceclavín Emplea" un
clima de temor.
La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos propios de los
talleres que puedan ocasionar daños materiales y poner en peligro la seguridad propia o
ajena.
La rotura y/o destrucción intencionada de maquinarias, herramientas, materiales e
instalaciones del programa de formación en alternancia con el empleo "Ceclavín
Emplea".
Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser
calificado como tal.
B) Sanciones:
Atendiendo a la gravedad de la falta cometida, se sancionará del modo siguiente:
B. I.) Faltas leves (protocolo):
1. Amonestación de palabra por el/a profesor/a.
2. Apercibimiento de la Dirección por escrito, que se unirá a su expediente.
3. Suspensión de empleo y sueldo (y cómputo de horas lectivas) por un día mediante
comunicación escrita de las causas que la motivan.
B.2.) Faltas graves:
1. Suspensión de empleo y sueldo (y cómputo de horas lectivas) de dos a seis días
mediante comunicación escrita de las causas que la motivan.
2. Suspensión de empleo y sueldo durante el plazo proporcional a las horas dejadas de
trabajar (y cómputo de horas lectivas).
B.3.) Faltas muy graves:
1. Suspensión de empleo y sueldo durante el plazo de siete días a un mes (y cómputo
de horas lectivas), mediante comunicación expresa de las causas que lo motivan.
2. Suspensión cautelar según lo dispuesto en la normativa vigente D 266/2008 0
CVE:
BOP-2023-3436
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de mayo de 2023
N.º 0101
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