Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2023-3436)
BOP-2023-3436 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural "Ceclavín Emplea".
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A. l.) Faltas leves:
La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as, mal comportamiento, voces,
alborotos, insultos y palabras malsonantes.
La impuntualidad no justificada superior a 30 minutos desde la entrada al centro, o en la
incorporación a las distintas tareas y actividades, dentro o fuera del aula o entorno de
actuación del programa C.R. "Ceclavín Emplea”.
Abandono el centro momentáneamente durante la jornada, sin el permiso
correspondiente (petición de salida). En el caso en que se estén realizando tareas fuera
del aula, su abandono tendrá la misma consideración.
El bajo rendimiento, comportamiento apático si causa justificada, intento de distracción
de compañeros/as, tanto en las actividades formativas como en el trabajo propio del
Programa C.R. "Ceclavín Emplea".
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los 30
minutos de descanso).
El descuido con las instalaciones, mobiliario, herramientas y materiales del centro, así
como su utilización sin permiso previo.
La no presentación en tiempo oportuno (tres días naturales) de los justificantes, salvo
que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Permanecer en la puerta o rezagarse en trayectos cuando se reinicia la actividad.
Fumar en zonas no permitidas.
El deterioro no grave, causado intencionalmente de las dependencias, vestuario y
material del aula del programa de formación, así como objetos y pertenencias de
otros/as miembros de la misma.
Arrojar papeles y desperdicios en aulas, talleres y centros de trabajo.
Tener conectados los teléfonos móviles durante la jornada laboral, a no ser que tenga
permiso del equipo técnico del Programa C.R.
Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al Programa C.R.
Más de tres faltas justificadas podrían ser consideradas como una falta sin justificar,
según criterio del/a coordinador/a y docente.
A.2.) Faltas graves:
Haber sido sancionado/a por tres faltas leves.
2 faltas sin justificar.
CVE:
BOP-2023-3436
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de mayo de 2023
N.º 0101
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