Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2023-3419)
BOP-2023-3419 Bases de selección de una plaza de Trabajador/a SSB.
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• Por cursos y jornadas con duración de 100 horas a 199 horas ambos inclusive:
0,125 puntos por curso.
• Por cursos y jornadas con duración de 50 a 99 horas ambos inclusive: 0,05 puntos por
curso.
No se valorarán cursos de duración inferior a 50 horas.
La valoración de certificaciones de rango superior excluye la valoración de otras de rango
inferior cuando éstas sean necesarias para la obtención de la superior.
Tampoco se valorarán cursos con menos horas de las establecidas, ni inacabados, ni aquellos
en los que no consten las horas realizadas, ni módulos de cursos.
Se presentará copia de los documentos alegados.
7.- Relación de personas aprobadas, empates y presentación de documentos.
Terminada la calificación de los aspirantes, se determinará el orden de clasificación definitiva,
efectuada la cual, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos de la Mancomunidad y en la Sede
Electrónica de la Mancomunidad en https://campoaranuelo.sedelectronica.es , anuncio en el
que aparezca el resultado con expresión del nombre y apellidos de los dos aspirantes que mayor
puntuación haya obtenido y que, por consiguiente, se proponen para nombramiento como
Trabajador/a Social , elevando dicha propuesta a la Presidencia de la Mancomunidad como
órgano competente de ésta.
Los empates se resolverán con el siguiente orden de prioridad: mayor puntuación en el proyecto,
mayor puntuación en experiencia y dentro de ésta en el orden establecido en el baremo, y
mayor puntuación en formación y dentro de ésta en el orden establecido en el baremo. En caso
de empate total se resolverá mediante sorteo.
El aspirante propuesto viene obligado a presentar en la Secretaría de la Mancomunidad, dentro
del plazo de dos días naturales siguientes al de dicha publicación, los documentos originales
acreditativos de las condiciones y requisitos que para tomar parte en estas pruebas y la
documentación original de los méritos alegados.
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no
presentara su documentación o no reuniera alguno de los requisitos citados, no podrá ser
nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubiera podido incurrir por falsedad en las instancias solicitando tomar parte en la pruebas. En
CVE:
BOP-2023-3419
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de mayo de 2023
N.º 0100
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