Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-3411)
BOP-2023-3411 Bases para la constitución de una bolsa de empleo para personal de limpieza y mantenimiento de piscinas municipales en régimen de contratación laboral de carácter temporal.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NOVENA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Efectuado el nombramiento se procederá a la formalización del contrato en el plazo que se
indique.
Quien sin causa justificada no formalizase el contrato dentro del plazo señalado por esta
Entidad Local, supondrá la ineficiencia de su nombramiento con pérdida del derecho a adquirir
la condición de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Trujillo y su baja definitiva de la
bolsa, procediéndose por la Alcaldía al nombramiento del siguiente aspirante que por orden de
puntuación le corresponda, previos los trámites procedentes.
DÉCIMA. FUNCIONAMIENTO DE LAS LISTA DE ESPERA.
La lista de espera se confeccionará por riguroso orden de puntuación, debiendo reunir a fecha
de la contratación el aspirante seleccionado los requisitos exigidos en esta convocatoria.
La constitución de la bolsa de trabajo no crea derecho alguno a favor de sus integrantes, salvo
la de su llamamiento para nombramiento como personal laboral que en su caso proceda por el
orden establecido, y siempre que se den alguna de las circunstancias para las que se ha
constituido esta bolsa.
Los llamamientos se harán siguiendo el orden de las puntuaciones alcanzadas por los
aspirantes que configuren la misma.
Dado el carácter urgente que suelen tener las contrataciones a cubrir y la celeridad con la que
se deben efectuar los llamamientos, éstos se realizarán vía telefónica. A tal efecto, los
interesados deberán facilitar un número de teléfono, preferentemente móvil, y mantenerlo
actualizado durante toda la vigencia de la bolsa de trabajo. En casos excepcionales,
debidamente acreditados y apreciados por el Ayuntamiento, se podrán habilitar otros
procedimientos.
El aspirante dispondrá de un máximo de 24 horas para aceptar o renunciar al puesto de trabajo
y en el caso de aceptar, para presentar la documentación acreditativa de que se cumplen con
los requisitos establecidos en la base cuarta de la presente convocatoria.
En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, 24 horas, se entenderá que rechaza la
oferta y será excluido de la bolsa, procediéndose automáticamente al llamamiento del siguiente
aspirante.
De conformidad con lo previsto en el artículo 29, Listas de Espera, del Decreto 201/1995, de 26
CVE:
BOP-2023-3411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de mayo de 2023
N.º 0100
Pág. 17337
Efectuado el nombramiento se procederá a la formalización del contrato en el plazo que se
indique.
Quien sin causa justificada no formalizase el contrato dentro del plazo señalado por esta
Entidad Local, supondrá la ineficiencia de su nombramiento con pérdida del derecho a adquirir
la condición de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Trujillo y su baja definitiva de la
bolsa, procediéndose por la Alcaldía al nombramiento del siguiente aspirante que por orden de
puntuación le corresponda, previos los trámites procedentes.
DÉCIMA. FUNCIONAMIENTO DE LAS LISTA DE ESPERA.
La lista de espera se confeccionará por riguroso orden de puntuación, debiendo reunir a fecha
de la contratación el aspirante seleccionado los requisitos exigidos en esta convocatoria.
La constitución de la bolsa de trabajo no crea derecho alguno a favor de sus integrantes, salvo
la de su llamamiento para nombramiento como personal laboral que en su caso proceda por el
orden establecido, y siempre que se den alguna de las circunstancias para las que se ha
constituido esta bolsa.
Los llamamientos se harán siguiendo el orden de las puntuaciones alcanzadas por los
aspirantes que configuren la misma.
Dado el carácter urgente que suelen tener las contrataciones a cubrir y la celeridad con la que
se deben efectuar los llamamientos, éstos se realizarán vía telefónica. A tal efecto, los
interesados deberán facilitar un número de teléfono, preferentemente móvil, y mantenerlo
actualizado durante toda la vigencia de la bolsa de trabajo. En casos excepcionales,
debidamente acreditados y apreciados por el Ayuntamiento, se podrán habilitar otros
procedimientos.
El aspirante dispondrá de un máximo de 24 horas para aceptar o renunciar al puesto de trabajo
y en el caso de aceptar, para presentar la documentación acreditativa de que se cumplen con
los requisitos establecidos en la base cuarta de la presente convocatoria.
En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, 24 horas, se entenderá que rechaza la
oferta y será excluido de la bolsa, procediéndose automáticamente al llamamiento del siguiente
aspirante.
De conformidad con lo previsto en el artículo 29, Listas de Espera, del Decreto 201/1995, de 26
CVE:
BOP-2023-3411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de mayo de 2023
N.º 0100
Pág. 17337