Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-3411)
BOP-2023-3411 Bases para la constitución de una bolsa de empleo para personal de limpieza y mantenimiento de piscinas municipales en régimen de contratación laboral de carácter temporal.
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de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la renuncia a un puesto de
trabajo ofertado supondrá la exclusión del aspirante de la Lista de Espera.
Se entenderá como renuncia la no aceptación, expresa o tácita, de un puesto de trabajo
ofrecido, salvo que concurra en el aspirante alguna de las siguientes circunstancias:
a) Parto, Baja por Maternidad o situaciones asimiladas.
b) Enfermedad.
d) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
e) Por estar prestando servicios como personal laboral temporal para una Administración
Pública o estar en situación de alta en empresa privada.
En el supuesto de que la contratación laboral temporal sea por tiempo igual o inferior a tres
meses el aspirante se reincorporará a la bolsa en el lugar que le corresponda. Si dicho
nombramiento o contratación es superior a tres meses volverá a formar parte de la bolsa de
trabajo, si bien al final de la misma.
DECIMOPRIMERA. PERIODO DE PRUEBA.
Se establece un período de prueba de veinte (20) días hábiles para el aspirante que resulte
nombrado. Este período tendrá el alcance y efectos que determina el artículo 14.2 del Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del
Estatuto de los Trabajadores.
DECIMOSEGUNDA. IGUALDAD DE GÉNERO.
Todas las denominaciones contenidas en las presentes bases, así como cualesquiera otras
menciones que en la misma se expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se
utilizarán indistintamente en género masculino y femenino, según el sexo de la persona que se
tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
DECIMOTERCERA. IMPUGNACIÓN.
Contra estas bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se
podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en las formas previstas
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-3411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de mayo de 2023
N.º 0100
Pág. 17338
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la renuncia a un puesto de
trabajo ofertado supondrá la exclusión del aspirante de la Lista de Espera.
Se entenderá como renuncia la no aceptación, expresa o tácita, de un puesto de trabajo
ofrecido, salvo que concurra en el aspirante alguna de las siguientes circunstancias:
a) Parto, Baja por Maternidad o situaciones asimiladas.
b) Enfermedad.
d) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
e) Por estar prestando servicios como personal laboral temporal para una Administración
Pública o estar en situación de alta en empresa privada.
En el supuesto de que la contratación laboral temporal sea por tiempo igual o inferior a tres
meses el aspirante se reincorporará a la bolsa en el lugar que le corresponda. Si dicho
nombramiento o contratación es superior a tres meses volverá a formar parte de la bolsa de
trabajo, si bien al final de la misma.
DECIMOPRIMERA. PERIODO DE PRUEBA.
Se establece un período de prueba de veinte (20) días hábiles para el aspirante que resulte
nombrado. Este período tendrá el alcance y efectos que determina el artículo 14.2 del Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del
Estatuto de los Trabajadores.
DECIMOSEGUNDA. IGUALDAD DE GÉNERO.
Todas las denominaciones contenidas en las presentes bases, así como cualesquiera otras
menciones que en la misma se expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se
utilizarán indistintamente en género masculino y femenino, según el sexo de la persona que se
tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
DECIMOTERCERA. IMPUGNACIÓN.
Contra estas bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se
podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en las formas previstas
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-3411
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