Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2023-3316)
BOP-2023-3316 Reglamento de régimen de control interno del programa colaborativo rural Apreturas del Almonte.
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Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como
las dedicadas a trabajos reales.
Artículo 7. El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la
Administración, de tal forma que se considerarán no laborables, además de los días
considerados como tal a nivel Nacional, Regional; los días establecidos por la Entidad
Promotora para el ejercicio 2023.
Artículo 8. El personal del programa tendrá derecho a un descanso semanal de dos días que,
como regla general, comprenderá los días completos de sábado y domingo (salvo que se
acuerde compensación de horas por trabajar fuera del horario establecido).
Artículo 9. El personal del programa tendrá derecho a vacaciones retribuidas de once días
hábiles, por la duración correspondiente a 6 meses. Serán comunicadas por el equipo técnico
docente a la Entidad Promotora, encargada de autorizarlas.
El periodo de vacaciones se fijará prioritariamente en un periodo que atienda las necesidades
del proceso formativo y de ejecución de las unidades de obra.
Artículo 10. Permisos y licencias. Los/as miembros del equipo técnico y el alumnado trabajador,
previo aviso (de al menos 48 horas de antelación) y justificación previa o posterior, podrán
ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por los motivos y el tiempo que a
continuación se relacionan:
Un día por traslado del domicilio habitual
Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal
Dos días por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención
quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador
necesite hacer un desplazamiento fuera de la Comunidad, el plazo será de cuatro días
TÍTULO TERCERO. - DERECHOS Y DEBERES
Artículo 11. Derechos del alumnado trabajador y equipo técnico. Son derechos:
1. - El respeto a su dignidad personal y a su conciencia cívica, moral y religiosa.
2. - Ser formados/as en condiciones de libertad y dignidad, en la comprensión y en la
tolerancia.
CVE:
BOP-2023-3316
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de mayo de 2023
N.º 0098
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