Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3300)
BOP-2023-3300 Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, ejercicio de 2023, correspondientes al Instituto Municipal de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, para proyectos en materia juvenil desarrollados por entidades juveniles.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
4) Comunicar al órgano concedente, la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que financien el proyecto subvencionado, comunicación que
deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la
justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, ello sin perjuicio de la
necesaria especificación en la justificación que se aporte.
5) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social en los términos previstos reglamentariamente. Disponer, en su
caso, de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable al
beneficiario en cada caso, así corno cuantos estados contables y registros
específicos sean exigidos con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las
facultades de comprobación y control.
6) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de
comprobación y control.
7) Los beneficiarios deberán dar publicidad e informar de que la actividad o actividades
del proyecto están subvencionadas por el Instituto Municipal de Juventud del
Ayuntamiento de Cáceres, e incluir el logotipo del IMJ y del Ayuntamiento en el
material gráfico de todas sus actuaciones.
8) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos y conforme al
procedimiento contemplado en los artículos 37 a 40 de la Ordenanza Municipal de
Subvenciones.
9) La entidad solicitante deberá tener en su poder certificación negativa del Registro
Central de delincuentes sexuales del personal que va a ejecutar los proyectos total o
parcialmente.
10) Ejecutar el proyecto subvencionado antes del 30 de noviembre de 2023.
BASE SEXTA.- CONTENIDO Y FINALIDAD DEL PROYECTO SUBVENCIONADO.
1) Podrán ser objeto de subvención los proyectos a realizar durante el año 2023, y
referidos a las siguientes áreas:
a) Animación sociocultural.
b) Ocio y tiempo libre.
c) Concursos y exposiciones.
d) Fortalecimiento en la gestión de asociaciones juveniles (a través de programas
de formación, campañas de captación de jóvenes, etcétera).
e) Medio ambiente.
f) Educación en valores y civismo.
g) En general, todos aquellos proyectos que se encuentren dentro del ámbito de
actuación del Área de Juventud.
2) Los proyectos a realizar deberán ir destinados a la población juvenil del término
municipal de Cáceres con independencia de que sus actividades puedan ejecutarse
fuera de su término municipal.
CVE:
BOP-2023-3300
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de mayo de 2023
N.º 0097
Pág. 16794