Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2023-3225)
BOP-2023-3225 Reglamento de Funcionamiento Interno Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura.
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La enfermedad grave, accidente, hospitalización o el fallecimiento de parientes hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad proporciona al trabajador el derecho a ausentarse
del trabajo durante 2 días. Cuando se necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será
de 4 días. Los parientes comprendidos en este supuesto son tanto los del propio trabajador
(por consanguinidad) como los del cónyuge (por afinidad). Se consideran parientes de primer
grado: padres e hijos, y de segundo grado: nietos, abuelos y hermanos.
Traslado del domicilio: 1 día de permiso retribuido.
Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público.
Renovación del DNI o carnet de conducir: el tiempo necesario que ha de figurar en los
justificantes de ausencia firmados por los/as funcionarios/as de la oficina a la que se acude. Se
especificará hora de llegada y salida, en los dos casos se, deberá que optarse por horarios de
tarde.
Ejercicio de derecho al voto-sufragio activo si este se produce en un día laborable.
Los/as presidentes/as, vocales de las mesas electorales y los/as interventores/as de las
candidaturas tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la
votación, si es laborable y a una reducción de jornada de cinco horas, igualmente retribuidas, al
día siguiente.
Los/as apoderados/as de los/as representantes de las candidaturas: tienen derecho a un
permiso retribuido el día de la votación, si es laborable.
Lactancia de un/a hijo/a menor de nueve meses: una hora de ausencia al trabajo que supondrá
dividir en dos fracciones: con la misma finalidad, la madre puede sustituir este derecho por una
reducción de la jornada de media hora. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la
madre o por el padre en caso de que ambos trabajen.
Exámenes: el/la trabajador/a tendrá derecho a disfrute de los permisos necesarios para
concurrir a exámenes finales en centros oficiales.
Permiso por nacimiento para la madre biológica: tendrá una duración de dieciséis semanas, de
las cuales las seis semanas inmediatas posteriores al parto serán en todo caso de descanso
obligatorio e ininterrumpidas. Este permiso se ampliará en dos semanas más en el supuesto de
discapacidad del hijo o hija y, por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
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