Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2023-3225)
BOP-2023-3225 Reglamento de Funcionamiento Interno Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
CAPÍTULO III HORARIOS Y PERMISOS RETRIBUIDOS.
Artículo 7: Asistencia.
Los/as alumnos/as trabajadores/as asistirán a las enseñanzas teórico-prácticas que se
imparten en los programas de Escuelas Profesionales Duales de Extremadura en el horario
determinado en la misma o el que figure en su contrato de trabajo.
Artículo 8: Control de asistencia.
Los/as alumnos/as trabajadores/as del proyecto deberán firmar en los partes de asistencia
elaborados por la misma, a la entrada o a la salida de la jornada diaria, con independencia de
donde se realice, reservándose la dirección el derecho a hacer circular un nuevo parte de
firmas a lo largo de la jornada laboral si así lo ve conveniente.
Artículo 9: Faltas de asistencia.
Las faltas de asistencia a el proyecto podrán ser justificadas o sin justificar. La acumulación de
estas últimas será causa de expulsión del proyecto.
1. Faltas justificadas:Son aquellas que tienen su origen en circunstancias independientes y
ajenas a la voluntad del alumno/a trabajador/a que le impiden acudir a al proyecto:
a) Por motivos de salud: Si por motivos de salud se produce una falta de asistencia, ésta debe
acreditarse mediante un justificante o parte de baja médica, considerando dicho justificante
aclaratorio de la falta, pero no permiso retribuido, pudiendo la dirección del centro detraer de la
nómina los días justificados en caso de apreciar un notorio abuso continuado de los
justificantes.
b) Permisos retribuidos: El/la trabajador/a podrá ausentarse del trabajo con derecho a
remuneración por alguno de los siguientes motivos:
Se disfrutará de los días de asuntos propios, según lo dispuesto para cada anualidad por la
legislación, Resoluciones o Instrucciones aplicables.
Matrimonio: 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al del matrimonio.
Nacimiento de Hijos/as: 2 días, en el caso de tener que realizar desplazamientos de su
domicilio, el plazo será de 4 días.
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16498
Artículo 7: Asistencia.
Los/as alumnos/as trabajadores/as asistirán a las enseñanzas teórico-prácticas que se
imparten en los programas de Escuelas Profesionales Duales de Extremadura en el horario
determinado en la misma o el que figure en su contrato de trabajo.
Artículo 8: Control de asistencia.
Los/as alumnos/as trabajadores/as del proyecto deberán firmar en los partes de asistencia
elaborados por la misma, a la entrada o a la salida de la jornada diaria, con independencia de
donde se realice, reservándose la dirección el derecho a hacer circular un nuevo parte de
firmas a lo largo de la jornada laboral si así lo ve conveniente.
Artículo 9: Faltas de asistencia.
Las faltas de asistencia a el proyecto podrán ser justificadas o sin justificar. La acumulación de
estas últimas será causa de expulsión del proyecto.
1. Faltas justificadas:Son aquellas que tienen su origen en circunstancias independientes y
ajenas a la voluntad del alumno/a trabajador/a que le impiden acudir a al proyecto:
a) Por motivos de salud: Si por motivos de salud se produce una falta de asistencia, ésta debe
acreditarse mediante un justificante o parte de baja médica, considerando dicho justificante
aclaratorio de la falta, pero no permiso retribuido, pudiendo la dirección del centro detraer de la
nómina los días justificados en caso de apreciar un notorio abuso continuado de los
justificantes.
b) Permisos retribuidos: El/la trabajador/a podrá ausentarse del trabajo con derecho a
remuneración por alguno de los siguientes motivos:
Se disfrutará de los días de asuntos propios, según lo dispuesto para cada anualidad por la
legislación, Resoluciones o Instrucciones aplicables.
Matrimonio: 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al del matrimonio.
Nacimiento de Hijos/as: 2 días, en el caso de tener que realizar desplazamientos de su
domicilio, el plazo será de 4 días.
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16498