Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2023-3225)
BOP-2023-3225 Reglamento de Funcionamiento Interno Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura.
24 páginas totales
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El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación económica,
será de 30 días naturales. Pudiendo dividirlos en periodos de mínimo de 7 días naturales,
respectivamente, siempre se adaptará al desarrollo del programa de Escuela Profesional a las
características propias de la especialidad que se imparte, tanto a nivel formativo como acorde
con las obras o servicios a realizar.
Las vacaciones del director/a gestor/a se ajustarán dependiendo de los periodos de
justificación económica que se tienen que presentar.
La dirección del proyecto, una vez analizados los itinerarios formativos y las unidades de obra o
servicio recomendadas, podrá restringir las fechas disponibles para el disfrute del periodo
vacacional, cuando entienda que la suspensión de las actividades en determinadas fechas
repercute negativamente en el desarrollo de aquellos, entendiendo, en cualquier caso, que los
periodos establecidos afectarán a la totalidad del grupo de alumnos-trabajadores y al monitor y
monitores correspondientes.
CAPÍTULO IX SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Art. 20. Suspensión del contrato.
Art 20.1. Definición
Se entiende como la cesación temporal de la presentación de servicios que no es retribuible
por el empresario, en los casos legalmente previsto.
Art 20.2. Causas de suspensión.
Incapacidad temporal: personal con contratos temporales, contrato a tiempo parcial y contratos
de formación. Se justifican por medio de partes de baja médica que tienen que ser entregados
en la administración del Escuela Profesional Dual de Extremadura el mismo día de la baja,
asimismo se deberán entregar con puntualidad los partes de confirmación y de alta.
Justificantes: la ausencia por enfermedad se justificará mediante parte de baja, documento de
la Seguridad Social que acredite la ausencia y se entregará el primer día de la ausencia en la
administración de la Escuela Profesional.
Datos que deben figurar en dicho documento:
Motivo.
Días concretos que se recomienda la ausencia.
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16514
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El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación económica,
será de 30 días naturales. Pudiendo dividirlos en periodos de mínimo de 7 días naturales,
respectivamente, siempre se adaptará al desarrollo del programa de Escuela Profesional a las
características propias de la especialidad que se imparte, tanto a nivel formativo como acorde
con las obras o servicios a realizar.
Las vacaciones del director/a gestor/a se ajustarán dependiendo de los periodos de
justificación económica que se tienen que presentar.
La dirección del proyecto, una vez analizados los itinerarios formativos y las unidades de obra o
servicio recomendadas, podrá restringir las fechas disponibles para el disfrute del periodo
vacacional, cuando entienda que la suspensión de las actividades en determinadas fechas
repercute negativamente en el desarrollo de aquellos, entendiendo, en cualquier caso, que los
periodos establecidos afectarán a la totalidad del grupo de alumnos-trabajadores y al monitor y
monitores correspondientes.
CAPÍTULO IX SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Art. 20. Suspensión del contrato.
Art 20.1. Definición
Se entiende como la cesación temporal de la presentación de servicios que no es retribuible
por el empresario, en los casos legalmente previsto.
Art 20.2. Causas de suspensión.
Incapacidad temporal: personal con contratos temporales, contrato a tiempo parcial y contratos
de formación. Se justifican por medio de partes de baja médica que tienen que ser entregados
en la administración del Escuela Profesional Dual de Extremadura el mismo día de la baja,
asimismo se deberán entregar con puntualidad los partes de confirmación y de alta.
Justificantes: la ausencia por enfermedad se justificará mediante parte de baja, documento de
la Seguridad Social que acredite la ausencia y se entregará el primer día de la ausencia en la
administración de la Escuela Profesional.
Datos que deben figurar en dicho documento:
Motivo.
Días concretos que se recomienda la ausencia.
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16514