Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2023-3225)
BOP-2023-3225 Reglamento de Funcionamiento Interno Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura.
24 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
Firma y sello del médico o del centro de atención.
Suspensión del empleo y sueldo como consecuencia de haber cometido faltas leves, graves y
muy graves.
el trabajador/a no tiene derecho al salario mientras permanezca de huelga. Además,
procede el descuento proporcional de pagas extraordinarias. Tiene derecho a
reintegrarse a su anterior puesto de trabajo, en cualquier momento, aunque la huelga la
prosigan otros trabajadores/as.
Art. 21. Extinción del contrato.
Art. 21.1. Definición
La extinción del contrato de trabajo supone la finalización de la relación de dependencias para
la prestación de unos servicios por el trabajador/a a cambio de una remuneración del
empresario, lo que lleva consigo el cese o liberación de las respectivas obligaciones.
Art. 21.2. Causas de extinción del contrato.
Por expiración del tiempo convenido en el contrato. La empresa debe avisar al
trabajador/a de tal circunstancia con antelación de 15 días cuando haya permanecido
en la empresa más de un año.
Dimisión del trabajador/a. Debe mediar un previo aviso por escrito con 15 días de
antelación.
Por causas de fuerza mayor que imposibilite la prestación del trabajo: incendios,
inundaciones, tumultos, declaración de ruina, retirada de la subvención del SEXPE por
motivos políticos y económicos….
Disposición Adicional Primera. El reglamento se modificará cuando la legislación vigente lo
requiera, de acuerdo con lo regulado en la normativa de régimen local y demás disposiciones
legales de aplicación.
Disposición Adicional Segunda. En lo no establecido en el presente reglamento interno, se
estará en lo dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen Local, normativa del
Servicio Extremeño Público de Empleo, y demás aplicable.
Disposición Final. El presente Reglamento de Régimen Interno entrará en vigor una vez
aprobado por el Excmo. Pleno del Ayuntamiento y cumplimentándose los perceptivos trámites
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16515
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a.
b.
c.
Firma y sello del médico o del centro de atención.
Suspensión del empleo y sueldo como consecuencia de haber cometido faltas leves, graves y
muy graves.
el trabajador/a no tiene derecho al salario mientras permanezca de huelga. Además,
procede el descuento proporcional de pagas extraordinarias. Tiene derecho a
reintegrarse a su anterior puesto de trabajo, en cualquier momento, aunque la huelga la
prosigan otros trabajadores/as.
Art. 21. Extinción del contrato.
Art. 21.1. Definición
La extinción del contrato de trabajo supone la finalización de la relación de dependencias para
la prestación de unos servicios por el trabajador/a a cambio de una remuneración del
empresario, lo que lleva consigo el cese o liberación de las respectivas obligaciones.
Art. 21.2. Causas de extinción del contrato.
Por expiración del tiempo convenido en el contrato. La empresa debe avisar al
trabajador/a de tal circunstancia con antelación de 15 días cuando haya permanecido
en la empresa más de un año.
Dimisión del trabajador/a. Debe mediar un previo aviso por escrito con 15 días de
antelación.
Por causas de fuerza mayor que imposibilite la prestación del trabajo: incendios,
inundaciones, tumultos, declaración de ruina, retirada de la subvención del SEXPE por
motivos políticos y económicos….
Disposición Adicional Primera. El reglamento se modificará cuando la legislación vigente lo
requiera, de acuerdo con lo regulado en la normativa de régimen local y demás disposiciones
legales de aplicación.
Disposición Adicional Segunda. En lo no establecido en el presente reglamento interno, se
estará en lo dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen Local, normativa del
Servicio Extremeño Público de Empleo, y demás aplicable.
Disposición Final. El presente Reglamento de Régimen Interno entrará en vigor una vez
aprobado por el Excmo. Pleno del Ayuntamiento y cumplimentándose los perceptivos trámites
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16515