Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3156)
BOP-2023-3156 Convocatoria subvenciones Adquisición de Fondos Bibliográficos 2023.
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- Formulación de propuesta razonada de resolución de la presente convocatoria a la Sra.
Presidenta de la Excma. Diputación de Cáceres.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la base sexta.
BASE DÉCIMA. RESOLUCIÓN, PLAZO Y NOTIFICACIÓN.
El órgano competente para la concesión de subvenciones será el Presidente de la Diputación
Provincial de Cáceres.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del acta emitida por la comisión de valoración,
formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a
los interesados mediante la sede electrónica, y se concederá un plazo de diez días para
presentar alegaciones.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En
este caso la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva (artículo 24.4
LGS), debiéndose comunicar a los beneficiarios a través de la sede electrónica.
La resolución, debidamente motivada, habrá de contener los extremos señalados en el artículo
25 de la LGS y 62 y 63 del RLGS. La fecha límite para resolver y notificar la resolución del
procedimiento será de 6 meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de
solicitud.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El plazo de ejecución de estas subvenciones será desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre
de 2023.
CVE:
BOP-2023-3156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de mayo de 2023
N.º 0092
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