Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3156)
BOP-2023-3156 Convocatoria subvenciones Adquisición de Fondos Bibliográficos 2023.
17 páginas totales
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corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver adecuadamente
la subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en
la legislación vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la
sede electrónica.
El órgano instructor elaborará un informe previo de evaluación de las solicitudes, donde deberá
constar las entidades que han subsanado y los motivos de subsanación, y la acreditación de
que los solicitantes cumplen todos los requisitos para poder acceder a las ayudas solicitadas.
COMISIÓN DE VALORACIÓN.
Una Comisión de Valoración llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los
criterios de selección establecidos. Emitirá la correspondiente acta, debidamente motivada a la
vista del informe de comprobación del órgano gestor y los criterios establecidos en las
presentes bases.
Su composición será la siguiente:
- Presidente: Director General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural de la Junta de
Extremadura.
- Vicepresidente: Diputado de Cultura de la Diputación de Cáceres.
- Vocales:
- Jefa de Servicio de Bibliotecas y Fomento de la Lectura de la Junta de Extremadura.
- Jefa de Sección de Bibliotecas de la Junta de Extremadura.
- Jefa del Área de Cultura y Deporte de la Diputación Provincial de Cáceres.
- Jefa de Sección de Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres.
- Secretario/a: Un/a técnico/a del área de cultura que actuará con voz pero sin voto.
La Comisión tendrá las siguientes atribuciones:
- Petición de los informes que se estimen necesarios para una mejor resolución de la
convocatoria.
- Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en la
base séptima.
CVE:
BOP-2023-3156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de mayo de 2023
N.º 0092
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la subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en
la legislación vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la
sede electrónica.
El órgano instructor elaborará un informe previo de evaluación de las solicitudes, donde deberá
constar las entidades que han subsanado y los motivos de subsanación, y la acreditación de
que los solicitantes cumplen todos los requisitos para poder acceder a las ayudas solicitadas.
COMISIÓN DE VALORACIÓN.
Una Comisión de Valoración llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los
criterios de selección establecidos. Emitirá la correspondiente acta, debidamente motivada a la
vista del informe de comprobación del órgano gestor y los criterios establecidos en las
presentes bases.
Su composición será la siguiente:
- Presidente: Director General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural de la Junta de
Extremadura.
- Vicepresidente: Diputado de Cultura de la Diputación de Cáceres.
- Vocales:
- Jefa de Servicio de Bibliotecas y Fomento de la Lectura de la Junta de Extremadura.
- Jefa de Sección de Bibliotecas de la Junta de Extremadura.
- Jefa del Área de Cultura y Deporte de la Diputación Provincial de Cáceres.
- Jefa de Sección de Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres.
- Secretario/a: Un/a técnico/a del área de cultura que actuará con voz pero sin voto.
La Comisión tendrá las siguientes atribuciones:
- Petición de los informes que se estimen necesarios para una mejor resolución de la
convocatoria.
- Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en la
base séptima.
CVE:
BOP-2023-3156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de mayo de 2023
N.º 0092
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