Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2023-3141)
BOP-2023-3141 Aprobación definitiva modificación Reglamento Interno de funcionamiento del Centro de Día Municipal.
16 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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4) La embriaguez habitual o la drogadicción.
5) La desidia y abandono de su higiene personal, negándose a recibir la asistencia del
personal del centro.
6) El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa, o cualquier otro tipo de vejaciones a
otro/a residente o personal del centro.
Se considera periodo de adaptación del/a interesado/a a la vida del centro, el constituido por
los treinta días naturales siguientes al ingreso en el centro. Transcurrido este periodo, el/la
interesado/a consolidará su derecho a la plaza adjudicada.
Durante este periodo, la Dirección del centro adoptará las medidas necesarias para facilitar el
proceso de adaptación.
Si durante dicho periodo, se apreciasen comportamientos personales que impidieran la
atención adecuada del/a interesado/a en el centro de día, se emitirán, los informes pertinentes
al Ayuntamiento encargado de valorar la situación y proponer resolución.
TÍTULO SEGUNDO. DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS USUARIOS/AS DEL CENTRO DÍA
ARTÍCULO 6. DERECHOS DE LOS/AS USUARIOS/AS.
Los/as usuarios/as del servicio tendrán los siguientes derechos:
a) Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el centro.
b) Participar en los servicios y actividades sociales, culturales y recreativas que se
organicen, y colaborar con sus conocimientos y experiencia en el desarrollo de las
mismas.
c) Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la
promoción de la salud y facilitarle el acceso a la asistencia sanitaria.
d) Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al/a
usuario/a del servicio en el ámbito del centro, y en las condiciones reglamentarias que
se determinan.
e) Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencias a la
intimidad, a la expresión de sus ideas políticas y religiosas.
CVE:
BOP-2023-3141
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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5) La desidia y abandono de su higiene personal, negándose a recibir la asistencia del
personal del centro.
6) El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa, o cualquier otro tipo de vejaciones a
otro/a residente o personal del centro.
Se considera periodo de adaptación del/a interesado/a a la vida del centro, el constituido por
los treinta días naturales siguientes al ingreso en el centro. Transcurrido este periodo, el/la
interesado/a consolidará su derecho a la plaza adjudicada.
Durante este periodo, la Dirección del centro adoptará las medidas necesarias para facilitar el
proceso de adaptación.
Si durante dicho periodo, se apreciasen comportamientos personales que impidieran la
atención adecuada del/a interesado/a en el centro de día, se emitirán, los informes pertinentes
al Ayuntamiento encargado de valorar la situación y proponer resolución.
TÍTULO SEGUNDO. DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS USUARIOS/AS DEL CENTRO DÍA
ARTÍCULO 6. DERECHOS DE LOS/AS USUARIOS/AS.
Los/as usuarios/as del servicio tendrán los siguientes derechos:
a) Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el centro.
b) Participar en los servicios y actividades sociales, culturales y recreativas que se
organicen, y colaborar con sus conocimientos y experiencia en el desarrollo de las
mismas.
c) Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la
promoción de la salud y facilitarle el acceso a la asistencia sanitaria.
d) Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al/a
usuario/a del servicio en el ámbito del centro, y en las condiciones reglamentarias que
se determinan.
e) Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencias a la
intimidad, a la expresión de sus ideas políticas y religiosas.
CVE:
BOP-2023-3141
Verificable
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Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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