Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2023-3141)
BOP-2023-3141 Aprobación definitiva modificación Reglamento Interno de funcionamiento del Centro de Día Municipal.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
f) La cuota mensual que el/la residente satisface da derecho a la estancia en el centro
de 9:00 horas a 17:00 horas. Este horario será modificado para adaptarlo a las
diferentes estaciones del año, respetando siempre una duración máxima de ocho horas.
g) Alimentación adecuada a su edad. El menú será común salvo para aquellas personas
que por prescripción médica necesiten un régimen de comidas determinado. El centro
ofrecerá los siguientes servicios:
•Comida
•Cena
Otros servicios complementarios:
Peluquería.
Podólogo/a.
h) Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro de acuerdo a las
características de las mismas y con el mismo derecho que los/as demás usuarios/as a
su utilización. Se excepcionan aquellas actividades que programe el Ayuntamiento, ya
sean gratuita u onerosas, donde será el Ayuntamiento quien determine los criterios para
poder participar en las mismas, independientemente de la condición de usuario/a del
servicio centro de día.
i) Recibir en todo caso un trato correcto por parte del personal del centro y sus
responsables, así como del resto de usuarios/as.
j) Participar como elector/a y elegible en los procesos electorales que se realicen en
dicho centro.
k) Elevar por escrito al/a titular del centro las sugerencias para la mejora del servicio.
No se incluyen en el precio los siguientes servicios:
- Los prestados por profesionales ajenos/as (fisioterapeuta, podólogos/as,
peluqueros/as...).
- Médicos especialistas (cardiólogo/a, traumatólogo/a...).
- Teléfonos y otros gastos de carácter personal (útiles de aseo), medicamentos, apósitos
y tratamientos.
CVE:
BOP-2023-3141
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
Pág. 16043