Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
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REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
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CAPÍTULO X.- REGULARIDAD EN EL SUMINISTRO
Artículo 78.- Garantía de presión y caudal.
El Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat está obligado a mantener, en la llave de
registro de cada instalación, las condiciones de presión y caudal establecidos en el contrato
de acometida y/o de suministro. Para ello, se estará a lo especificado en el artículo 7 del
presente Reglamento.
Artículo 79.- Continuidad en el servicio.
Salvo causa de fuerza mayor, o avería en las instalaciones públicas, el Excmo. Ayuntamiento
de Higuera de Albalat tiene la obligación de mantener permanentemente el servicio, cuando
no conste lo contrario en los contratos o pólizas de suministro, en las condiciones indicadas
en el artículo anterior.
Artículo 80.- Suspensiones temporales.
El Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat podrá suspender temporalmente el servicio
cuando sea imprescindible para proceder al mantenimiento, reparación o mejora de las
instalaciones a su cargo.
En los cortes previsibles y programados, el Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat
deberá avisar como mínimo a los usuarios, con veinticuatro horas de antelación, a través, al
menos, de uno de los medios de comunicación de mayor difusión en la localidad.
La interrupción del suministro por averías en instalaciones a cargo del Excmo. Ayuntamiento
de Higuera de Albalat, no derivadas de fuerza mayor, por un periodo continuado superior a
diez días, dará derecho al abonado a reclamar de aquellas el reintegro de la parte
proporcional de su cuota fija o de servicio.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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