Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
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REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
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CAPÍTULO VIII.- LECTURAS, CONSUMOS Y FACTURACIONES
Artículo 60.- Periodicidad de lecturas.
El Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat, estará obligado a establecer un sistema de
toma de lecturas permanente y periódico, de forma que, para cada abonado, los ciclos de
lectura contengan, en todo lo posible, el mismo número de días.
A efectos de facturación de los consumos, la frecuencia aproximada con que el Excmo.
Ayuntamiento de Higuera de Albalat puede tomar sus lecturas será trimestral.
Artículo 61.- Horario de lecturas.
La toma de lectura será realizada en horas hábiles o de normal relación con el exterior, por el
personal autorizado expresamente por el Excmo. Ayuntamiento de Arroyo provisto de su
correspondiente documentación de identidad.
En ningún caso, el abonado, podrá imponer la obligación de tomar la lectura fuera del horario
que tenga establecido el Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat a tal efecto.
En aquellos casos en los que se concedan suministros eventuales, controlados mediante
equipos de medida de tipo móvil, el abonado estará obligado a presentar, en los lugares o
locales establecidos al efecto en el correspondiente contrato, y dentro de las fechas
igualmente establecidas en dicho documento, los mencionados equipos de medida para su
toma de lectura.
Artículo 62.- Lectura por abonado.
Cuando por ausencia del abonado no fuese posible la toma de lectura, el personal encargado
de la misma depositará en el buzón de correos del abonado o domicilio de suministro, una
tarjeta de auto lectura en la que deberá constar:
a) Nombre del abonado y domicilio del suministro.
b) Fecha en que se personó para efectuar la lectura.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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