Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
125 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
9
Artículo 5.- Área de cobertura.
Se entenderá por área de cobertura dentro del ámbito municipal de Higuera de Albalat,
domina con instalaciones de abastecimiento de agua bajo su responsabilidad.
Artículo 6.- Suministros en urbanizaciones de carácter privado y/o
conjuntos de edificaciones sobre sótanos comunes, extrarradio.
1.- En estos conjuntos de edificaciones o urbanizaciones privadas, y en suministros situados
en el extrarradio, se establecerá una única acometida general de abastecimiento, donde se
instalará, al comienzo de la misma, un contador general (padre) que controle los consumos
realizados.
2.- Del ramal interior de la acometida, que deberá encontrarse, en lo posible, accesible en
todo su recorrido, se derivarán las correspondientes acometidas internas a los distintos
edificios, para la alimentación a las baterías o instalaciones individuales existentes, donde se
dispondrán los correspondientes contadores divisionarios.
3.- La contratación y facturación de los consumos efectuados, se realizará de la siguiente
forma:
Deberá contratar un cliente general (padre), cuyo consumo (m³) registrado, se
bonificará con el descuento de los consumos (m³) registrados por cada uno de los contadores
divisionarios contratados.
Cada uno de los contadores divisionarios que se abastezcan del contador general
(hijos), deberá contratar como cliente particular con las mismas obligaciones y derechos
regulados en el presente Reglamento.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
Pág. 15851
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
9
Artículo 5.- Área de cobertura.
Se entenderá por área de cobertura dentro del ámbito municipal de Higuera de Albalat,
domina con instalaciones de abastecimiento de agua bajo su responsabilidad.
Artículo 6.- Suministros en urbanizaciones de carácter privado y/o
conjuntos de edificaciones sobre sótanos comunes, extrarradio.
1.- En estos conjuntos de edificaciones o urbanizaciones privadas, y en suministros situados
en el extrarradio, se establecerá una única acometida general de abastecimiento, donde se
instalará, al comienzo de la misma, un contador general (padre) que controle los consumos
realizados.
2.- Del ramal interior de la acometida, que deberá encontrarse, en lo posible, accesible en
todo su recorrido, se derivarán las correspondientes acometidas internas a los distintos
edificios, para la alimentación a las baterías o instalaciones individuales existentes, donde se
dispondrán los correspondientes contadores divisionarios.
3.- La contratación y facturación de los consumos efectuados, se realizará de la siguiente
forma:
Deberá contratar un cliente general (padre), cuyo consumo (m³) registrado, se
bonificará con el descuento de los consumos (m³) registrados por cada uno de los contadores
divisionarios contratados.
Cada uno de los contadores divisionarios que se abastezcan del contador general
(hijos), deberá contratar como cliente particular con las mismas obligaciones y derechos
regulados en el presente Reglamento.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
Pág. 15851