Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2023-3085)
BOP-2023-3085 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno Programa Colaborativo Rural "en Salorino Pintamos"
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Mediante el Decreto 154/2018, de 18 de septiembre, se regula el Programa Colaborativo Rural
de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social consiste en el
desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación, formación en alternancia
con el empleo y experiencia profesional en empresas privadas para su inserción sociolaboral
en las zonas rurales correspondientes a las localidades de la Comunidad Autónoma de
Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes.
Con el presente documento, entendido como una propuesta de mínimos se pretende conseguir
el establecimiento de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de
los derechos y deberes de quienes integran el proyecto dependiente del Ayuntamiento de
Salorino “En Salorino Pintamos”. El presente Reglamento será de aplicación a la totalidad del
personal del proyecto, tanto alumnos/as- trabajador/as como Equipo Técnico perteneciente al
mismo, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica por la que se rigen: Estatuto
de los/as Trabajadores/as y Decreto 84/2021, de 7 de julio, se aprueban las nuevas bases
reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa
Colaborativo Rural , así como demás legislación aplicable. Su efectividad se hará extensiva
desde el inicio del proyecto formativo hasta su finalización efectiva para posibilitar el eficaz
funcionamiento del programa.
La competencia del cumplimiento de este Reglamento corresponde a la Entidad Promotora a
través del Equipo Directivo y Técnico del proyecto, el cual está formado por:
•Un/a Coordinador/a Técnico/a Tutora.
•Un/a monitor/a de Pintura.
TÍTULO 2.- DERECHOS Y DEBERES
Artículo 1: DERECHOS.
Todos los/as trabajadores/as del Proyecto tendrán los siguientes Derechos, sin perjuicio de lo
establecido en la normativa legal vigente:
1.- Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad como persona.
2.- A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condición social,
ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de la
lengua.
3.- A su integridad física y a una adecuada política de salud laboral.
CVE:
BOP-2023-3085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
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