Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-2948)
BOP-2023-2948 Bases Reguladoras y convocatoria de Ayudas Mínimos Vitales 2023.
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públicas.
Ayudas en concepto de transporte, comedores escolares o de alojamiento y
manutención por asistencia a acciones de formación ocupacional.
3. GASTOS SUBVENCIONABLES.
1. Se consideran gastos subvencionables, con independencia de la fecha de emisión de la
factura y del periodo de facturación a que se refieran, los siguientes:
a) Gastos de energía eléctrica y gas natural y propano (todos los conceptos incluidos en
la factura relativos al suministro).
- En caso de ser beneficiarios/as del bono social como consumidor/a vulnerable
severo/a (80%) y acreditarse el pago de la factura ante la comercializadora de
referencia en el plazo de 5 meses desde la emisión de la factura y la fecha de
pago de la misma, la cuantía máxima a abonar de esa factura por la
Administración será el 50 % del importe de la factura previo a la aplicación del
descuento por bono social. El resto del importe del/a o usuarios/as del suministro.
- Todo ello, según los plazos y términos establecidos en los artículos 4, 12 y 13.2
del Real Decreto 897/2017, de 16 de octubre.
- De no acreditar a la comercializadora el pago de la factura dentro del plazo de 5
meses desde la emisión de la factura, no se aplicará la limitación de financiación
del 50 % del PVPC previo a la aplicación del descuento, debiendo cumplirse en
este caso los requisitos establecidos para las unidades de convivencia que no
son beneficiarias del bono social para consumidores vulnerables severos,
debiendo abonarse en este caso la totalidad de la factura.
b) Gastos de agua potable (todos los conceptos incluidos en la factura, incluyendo la
tasa basura y alcantarillado si estuvieran incluidos en la factura o recibo).
c) Gastos de alta y reconexión por corte del suministro por impago (luz, gas natural, gas
propano y agua potable).
d) Gas butano. Con respecto a estas facturas, no se aceptarán aquellas con fechas
anteriores a la de la apertura del plazo de la presente convocatoria. Y se podrán solicitar
hasta un máximo de cuatro bombonas por solicitud.
CVE:
BOP-2023-2948
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de mayo de 2023
N.º 0086
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