Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Riberos del Tajo. (BOP-2023-2889)
BOP-2023-2889 Convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, sistema de concurso de méritos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Riberos del Tajo
Los servicios prestados en la Mancomunidad Integral de Municipios Riberos del Tajo se
certificarán al interesado/a previa solicitud del mismo al órgano administrativo
correspondiente.
Los méritos de experiencia por los servicios prestados en ésta y en otras Administraciones
Públicas se acreditarán mediante certificación expedida por el/la responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestado sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente
información conforme modelo anexo III:
. Puesto ocupado y detalle de las funciones realizadas.
. Tipo de vínculo (fijo/a, temporal, indefinido/a no fijo/a de plantilla, formación).
. Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario/a, estatutario/a).
. Total de días de vinculación de cada periodo y régimen de jornada diferenciada (completa,
tiempo parcial), según días reflejados en vida laboral.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses completos. Para eso, se
calculará en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal
manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los
decimales.
Los servicios prestados durante el periodo en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa, si así era la jornada inicial.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
1. FORMACIÓN (20 puntos máximos).
Se valorarán los cursos de formación recibidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones
Públicas u Organismos, Organizaciones y colaboradores dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta.
Así mismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los/as agentes anteriores, con contenidos
transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de
los/as empleados/as públicos/as.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes en cuanto a su contenido.
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Cód.
Validación:
4M6SCMSJ9HEX5Z75THDT44HTQ
Verificación:
https://riberosdeltajo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-2889
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14749
Los servicios prestados en la Mancomunidad Integral de Municipios Riberos del Tajo se
certificarán al interesado/a previa solicitud del mismo al órgano administrativo
correspondiente.
Los méritos de experiencia por los servicios prestados en ésta y en otras Administraciones
Públicas se acreditarán mediante certificación expedida por el/la responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestado sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente
información conforme modelo anexo III:
. Puesto ocupado y detalle de las funciones realizadas.
. Tipo de vínculo (fijo/a, temporal, indefinido/a no fijo/a de plantilla, formación).
. Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario/a, estatutario/a).
. Total de días de vinculación de cada periodo y régimen de jornada diferenciada (completa,
tiempo parcial), según días reflejados en vida laboral.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses completos. Para eso, se
calculará en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal
manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los
decimales.
Los servicios prestados durante el periodo en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa, si así era la jornada inicial.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
1. FORMACIÓN (20 puntos máximos).
Se valorarán los cursos de formación recibidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones
Públicas u Organismos, Organizaciones y colaboradores dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta.
Así mismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los/as agentes anteriores, con contenidos
transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de
los/as empleados/as públicos/as.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes en cuanto a su contenido.
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