Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Escurial. (BOP-2023-2776)
BOP-2023-2776 Aprobación del Plan de Integridad y Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información,
que tenga el mismo efecto, o
— el uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que
motivaron su concesión inicial y que perjudique los intereses financieros de la Unión.
c) En materia de ingresos distintos de los procedentes de los recursos propios del
IVA, cualquier acción u omisión relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o
incompletos, que tenga por efecto la disminución ilegal de los recursos del presupuesto
de la Unión o de los presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información,
que tenga el mismo efecto, o
— el uso indebido de un beneficio obtenido legalmente, con el mismo efecto.
d) En materia de ingresos procedentes de los recursos propios del IVA, cualquier
acción u omisión cometida en una trama fraudulenta transfronteriza en relación con:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos relativos al IVA falsos,
inexactos o incompletos, que tenga por efecto la disminución de los recursos del
presupuesto de la Unión,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información
relativa al IVA, que tenga el mismo efecto; o
— la presentación de declaraciones del IVA correctas con el fin de disimular de
forma fraudulenta el incumplimiento de pago o la creación ilícita de un derecho a la
devolución del IVA.
3.3 Corrupción activa.
Constituirá corrupción activa la acción de toda persona que prometa, ofrezca o
conceda, directamente o a través de un intermediario, una ventaja de cualquier tipo a un
funcionario, para él o para un tercero, a fin de que actúe, o se abstenga de actuar, de
acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que perjudique o pueda
perjudicar los intereses financieros de la Unión.
3.4 Corrupción pasiva.
Es constitutiva de corrupción pasiva la acción de un funcionario que, directamente
o a través de un intermediario, pida o reciba ventajas de cualquier tipo, para él o para
terceros, o acepte la promesa de una ventaja, a fin de que actúe, o se abstenga de actuar,
de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que perjudique o
pueda perjudicar los intereses financieros de la Unión.
3.5 Malversación.
Se entenderá por malversación el acto intencionado realizado por cualquier
funcionario a quien se haya encomendado directa o indirectamente la gestión de fondos
o activos, de comprometer o desembolsar fondos, o apropiarse o utilizar activos de forma
contraria a los fines para los que estaban previstos y que perjudique de cualquier manera
a los intereses financieros de la Unión.
CVE:
BOP-2023-2776
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 3 de mayo de 2023
N.º 0082
Pág. 14102
que tenga el mismo efecto, o
— el uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que
motivaron su concesión inicial y que perjudique los intereses financieros de la Unión.
c) En materia de ingresos distintos de los procedentes de los recursos propios del
IVA, cualquier acción u omisión relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o
incompletos, que tenga por efecto la disminución ilegal de los recursos del presupuesto
de la Unión o de los presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información,
que tenga el mismo efecto, o
— el uso indebido de un beneficio obtenido legalmente, con el mismo efecto.
d) En materia de ingresos procedentes de los recursos propios del IVA, cualquier
acción u omisión cometida en una trama fraudulenta transfronteriza en relación con:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos relativos al IVA falsos,
inexactos o incompletos, que tenga por efecto la disminución de los recursos del
presupuesto de la Unión,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información
relativa al IVA, que tenga el mismo efecto; o
— la presentación de declaraciones del IVA correctas con el fin de disimular de
forma fraudulenta el incumplimiento de pago o la creación ilícita de un derecho a la
devolución del IVA.
3.3 Corrupción activa.
Constituirá corrupción activa la acción de toda persona que prometa, ofrezca o
conceda, directamente o a través de un intermediario, una ventaja de cualquier tipo a un
funcionario, para él o para un tercero, a fin de que actúe, o se abstenga de actuar, de
acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que perjudique o pueda
perjudicar los intereses financieros de la Unión.
3.4 Corrupción pasiva.
Es constitutiva de corrupción pasiva la acción de un funcionario que, directamente
o a través de un intermediario, pida o reciba ventajas de cualquier tipo, para él o para
terceros, o acepte la promesa de una ventaja, a fin de que actúe, o se abstenga de actuar,
de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que perjudique o
pueda perjudicar los intereses financieros de la Unión.
3.5 Malversación.
Se entenderá por malversación el acto intencionado realizado por cualquier
funcionario a quien se haya encomendado directa o indirectamente la gestión de fondos
o activos, de comprometer o desembolsar fondos, o apropiarse o utilizar activos de forma
contraria a los fines para los que estaban previstos y que perjudique de cualquier manera
a los intereses financieros de la Unión.
CVE:
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Verificable
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Miércoles, 3 de mayo de 2023
N.º 0082
Pág. 14102