Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-2591)
BOP-2023-2591 Bases que han de regir la convocatoria para la provisión interina del puesto de Secretario/a del Ayuntamiento de Moraleja mediante concurso-oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y
presentación de reclamaciones que se concede a los/as aspirantes excluidos/as, que será de
tres días hábiles.
Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe
la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional.
En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio que,
en todo caso, se realizará transcurrido un mínimo de cinco días naturales desde la publicación.
De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a
definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.
5.5. Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los/as interesados/as
interponer el recurso potestativo de reposición previsto en el art. 123 LPACAP, o
alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la vigente Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5.6. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición
del/a interesado/a.
SEXTA. ÓRGANO DE SELECCIÓN.
6.1. El órgano de selección estará compuesto por los/as siguientes miembros, todos/as ellos/as
con voz y voto.
Presidente/a: un/a funcionario/a de Diputación Provincial de Cáceres, de igual categoría
a la del puesto que se convoca.
4 Vocales, funcionarios/as de carrera, con igual o superior titulación académica que la
exigida en la convocatoria, de los cuales, uno será funcionario/a de la Dirección General
de Administración Local de la Junta de Extremadura, dos serán designados/as a
propuesta del Consejo General de Secretarios/as, Interventores/as y Tesoreros/as de
Administración Local (COSITAL) de Cáceres, y el cuarto será un/a funcionario/a de la
Diputación Provincial de Cáceres, actuando como Secretario/a este último.
La composición del órgano de selección incluirá también la de los/as respectivos/as suplentes,
que serán designados/as conjuntamente con los/as titulares.
El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la
mitad más uno/a de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
CVE:
BOP-2023-2591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de abril de 2023
N.º 0078
Pág. 12556
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con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y
presentación de reclamaciones que se concede a los/as aspirantes excluidos/as, que será de
tres días hábiles.
Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe
la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional.
En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio que,
en todo caso, se realizará transcurrido un mínimo de cinco días naturales desde la publicación.
De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a
definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.
5.5. Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los/as interesados/as
interponer el recurso potestativo de reposición previsto en el art. 123 LPACAP, o
alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la vigente Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5.6. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición
del/a interesado/a.
SEXTA. ÓRGANO DE SELECCIÓN.
6.1. El órgano de selección estará compuesto por los/as siguientes miembros, todos/as ellos/as
con voz y voto.
Presidente/a: un/a funcionario/a de Diputación Provincial de Cáceres, de igual categoría
a la del puesto que se convoca.
4 Vocales, funcionarios/as de carrera, con igual o superior titulación académica que la
exigida en la convocatoria, de los cuales, uno será funcionario/a de la Dirección General
de Administración Local de la Junta de Extremadura, dos serán designados/as a
propuesta del Consejo General de Secretarios/as, Interventores/as y Tesoreros/as de
Administración Local (COSITAL) de Cáceres, y el cuarto será un/a funcionario/a de la
Diputación Provincial de Cáceres, actuando como Secretario/a este último.
La composición del órgano de selección incluirá también la de los/as respectivos/as suplentes,
que serán designados/as conjuntamente con los/as titulares.
El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la
mitad más uno/a de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
CVE:
BOP-2023-2591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de abril de 2023
N.º 0078
Pág. 12556