Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-2591)
BOP-2023-2591 Bases que han de regir la convocatoria para la provisión interina del puesto de Secretario/a del Ayuntamiento de Moraleja mediante concurso-oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Políticas y de la Administración, Licenciado/a en Sociología o el título de Grado
correspondiente, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de instancias. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en
el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este
requisito no será de aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala objeto de la presente convocatoria.
CUARTA. IGUALDAD DE CONDICIONES.
De acuerdo con lo establecido en el art. 59 TREBEP, en concordancia con lo previsto en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión
Social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad
de condiciones que los/as demás aspirantes. Los/as aspirantes discapacitados/as deberán
presentar certificación expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de la
Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para
desempeñar las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
El órgano de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las
adaptaciones posibles, de tiempo y medios, para la realización de prueba. A tal efecto los/as
interesados/as deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en
la convocatoria.
QUINTA. INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
5.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo deberán estar
debidamente cumplimentadas. Los/as aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de
las condiciones y requisitos exigidos en las Base Tercera, referidas al día en que concluya el
plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se
presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas -LPACAP-, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir
CVE:
BOP-2023-2591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de abril de 2023
N.º 0078
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correspondiente, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de instancias. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en
el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este
requisito no será de aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala objeto de la presente convocatoria.
CUARTA. IGUALDAD DE CONDICIONES.
De acuerdo con lo establecido en el art. 59 TREBEP, en concordancia con lo previsto en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión
Social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad
de condiciones que los/as demás aspirantes. Los/as aspirantes discapacitados/as deberán
presentar certificación expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de la
Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para
desempeñar las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
El órgano de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las
adaptaciones posibles, de tiempo y medios, para la realización de prueba. A tal efecto los/as
interesados/as deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en
la convocatoria.
QUINTA. INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
5.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo deberán estar
debidamente cumplimentadas. Los/as aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de
las condiciones y requisitos exigidos en las Base Tercera, referidas al día en que concluya el
plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se
presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas -LPACAP-, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir
CVE:
BOP-2023-2591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de abril de 2023
N.º 0078
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