Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2023-2339)
BOP-2023-2339 Aprobación definitiva del Reglamento de Control Interno Simplificado.
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que afecten directamente a la seguridad pública.
Se entenderá que se cumple con el plan de disposición de fondos de la Tesorería, cuando las
órdenes de pago a justificar se realicen con cargo a conceptos presupuestarios autorizados en
las bases de ejecución del presupuesto.
ARTÍCULO 25. Fiscalización previa de las órdenes de pago de anticipos de caja fija.
1. La fiscalización previa de las órdenes de pago para la constitución o modificación de los
anticipos de caja fija se verificará mediante la comprobación de los siguientes requisitos:
a) La existencia y adaptación a las normas que regulan la distribución por cajas
pagadoras del gasto máximo asignado.
b) Que la propuesta de pago se basa en resolución de autoridad competente.
2. Sin perjuicio del resto de requisitos que puedan regular las bases de ejecución, en la
fiscalización previa de las reposiciones de fondos por anticipos de caja fija el órgano interventor
comprobará en cualquier caso:
a) Que el importe total de las cuentas justificativas coincide con el de los documentos
contables de ejecución del presupuesto de gastos.
b) Que las propuestas de pagos se basan en resolución de autoridad competente.
c) Que existe crédito y el propuesto es adecuado.
ARTÍCULO 26. Especialidades en cuanto al régimen de los reparos.
1. El incumplimiento de los requisitos exigidos en los artículos anteriores de la presente sección
motivará la formulación de reparo por el órgano interventor en las condiciones y con los efectos
previstos en la sección 1.ª del presente capítulo.
2. No dará lugar a la formulación de reparo los supuestos en los que:
El órgano pagador no justifique las órdenes de pago a justificar dentro del plazo de
libramientos anteriores cuando, para paliar las consecuencias de acontecimientos
catastróficos, situaciones que supongan grave peligro o necesidades que afecten
directamente a la seguridad pública, el Alcalde de la Entidad autorice la expedición de
una orden de pago específica.
La expedición de órdenes de pago «a justificar» no cumpla con el plan de disposición de
CVE:
BOP-2023-2339
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Martes, 18 de abril de 2023
N.º 0073
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