Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-1830)
BOP-2023-1830 Bases para la provisión en comisión de servicio de una plaza de Agente de la Policía Local 2023.
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acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien, mediante:
Copia del certificado de asistencia al curso en el que conste el organismo o la entidad que
convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para
el empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y
número de créditos y/o horas asignados, o mediante Diploma en el que conste, además de la
información anterior el logotipo de la Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de
que no constase que está acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/la aspirante
cualquier documentación complementaria.
6.3. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as entrevistados/as para que
acrediten su personalidad.
6.4. Los/as candidatos/as deberán acudir provistos del D.N.I., pasaporte o carné de conducir.
6.5. La entrevista consistirá en mantener un diálogo con el Tribunal sobre cuestiones
vinculadas a las funciones propias del puesto de trabajo y a la experiencia profesional de los
aspirantes, pudiéndose efectuar preguntas sobre su nivel de formación.
6.6. La puntuación máxima a obtener en la entrevista será de 10 puntos.
Séptima. Aspirante seleccionado/a, nombramiento y toma de posesión.
7.1. Terminada la entrevista y calificación de los/as aspirantes, el Tribunal publicará en el
tablón de edictos de la Corporación y la página salvo existencia de problemas técnicos, la
relación de los/as mismos/as con la puntuación obtenida por cada uno de ellos/as.
7.2. El Tribunal no podrá declarar seleccionados/as un mayor número de aspirantes que el de
plazas a proveer. Las propuestas de aspirantes seleccionados/as que infrinjan esta limitación
CVE:
BOP-2023-1830
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
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