Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-1821)
BOP-2023-1821 Bases que han de regir la Concesión de Subvenciones para Asociaciones de Mujer en la Ciudad de Cáceres para el año 2023.
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Núm. expediente: 2023/00007719L
- Participación en el Consejo Sectorial de la Mujer: De 0 a 10 puntos. (10 puntos
por haber participado en todos los consejos, 5 puntos por haber participado en
el 50% de ellos y 0 puntos por haber participado en un porcentaje inferior).
- Participación en actividades de sensibilización social en materia de igualdad
organizados desde la Concejalía de la Mujer, Asuntos Sociales y Accesibilidad,
tales como la conmemoración de los días 8 de marzo (Día Internacional de la
Mujer), 23 de septiembre (Día Internacional contra la Trata y Explotación Sexual),
25 de noviembre (Día Internacional contra la Violencia de Género); el Día de
visibilidad Lésbica, también se valorará la participación en las convocatorias del
minuto de silencio por VG realizadas con carácter mensual u otras actuaciones
puntuales en materia de sensibilización que se desarrollen por parte de la
concejalía. De 0 a 10 puntos.
- Actividades o Proyectos Gestionados por la propia entidad. De 0 a 10 puntos. (0
puntos si no tiene ningún proyecto en marcha al margen de la actividad para la
que se solicita subvención, 5 puntos si tiene un proyecto en desarrollo y 10
puntos si tiene dos o más proyectos).
2. Grado de interés o utilidad ciudadana de sus fines: Se valorará con criterios
técnicos el proyecto de actividades anuales con arreglo a los criterios previstos en
la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres
y la calidad del proyecto. En particular se valorará el siguiente baremo:
- Interés general de las actividades y beneficio para la ciudadanía de Cáceres
(vulnerabilidad de la población a la que están dirigidas, cambios potenciales en
su calidad de vida, ampliación y diversificación de las opciones para el desarrollo
y promoción de las mujeres…) teniendo en cuenta especialmente la
complementariedad con las actividades y competencias municipales. De 0 a 10
puntos.
- Inexistencia o déficit de actividades análogas en el Municipio, y dificultad de
ejecutarse la actividad sin la subvención. Se valorará especialmente actividades
innovadoras, el uso racional de los recursos, la generación de recursos propios y
la promoción del voluntariado en la organización. De 0 a 10 puntos.
- Población beneficiaria de las actuaciones: se valorará tanto el número de
personas beneficiarias de la actuación como la posibilidad de participación de no
socias en el proyecto. De 0 a 10 puntos (0 puntos si no pueden beneficiarse no
socias y son menos de 20 las personas beneficiarias, 5 puntos si se da una de
las dos condiciones y 10 puntos para aquellas entidades de cuyo proyecto son
beneficiarias directas más de 20 mujeres y pueden participar la no socias.
- Proyectos que fomenten valores basados en la igualdad de oportunidades de
mujeres y hombres, y la prevención de la violencia de género. De 0 a 10 a
puntos. Se valorará ambos aspectos tanto en sus objetivos como en la
implementación real en sus actuaciones.
- Explicación clara de la justificación de las acciones, que las actividades se
expresen mediante un plazo preciso y temporalizado, que tenga coherencia
interna, cuantificando costes, lugar, recursos humanos. De 0 a 10 puntos.
- No haber recibido resolución de subvención para el ejercicio en curso para
actuaciones de carácter similar al de la convocatoria de cualquier administración
o entidad pública. De 0 a 10 puntos. (0 puntos si se han recibido por valor
superior a 500€ y 10 puntos si no se ha recibido apoyo económico o es inferior a
esta cantidad).
- Realización de cursos y talleres u otras actividades innovadoras de dinamización
asociativa entre las entidades del consejo. Se valorará los proyectos
CVE:
BOP-2023-1821
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
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