Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1695)
BOP-2023-1695 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria de subvención para fomentar la creación de comunidades energéticas por municipios de hasta 5.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
2.1.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
La presente convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto General de la
Diputación provincial de Cáceres, para el ejercicio 2023, en la siguiente aplicación
presupuestaria:
- Aplicación presupuestaria 2023 08 1720 76240, dotada con un importe total de UN MILLÓN
DE EUROS (1.000.000.-€).
2.2.- CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LA SUBVENCIÓN.
La Diputación concederá a los Municipios beneficiarios cuyas actuaciones-inversiones resulten
seleccionadas una ayuda máxima de 127.500.-€ conforme al siguiente desglose:
Inversión con un presupuesto de ejecución igual o superior a 150.000.-€ (IVA incluido).
Aportación provincial: 127.500.-€.
Aportación municipal: la cantidad restante hasta completar el presupuesto total de la inversión.
Inversión con un presupuesto de ejecución inferior a 150.000.-€ (IVA incluido)
Aportación provincial: 85% del presupuesto total de la inversión-actuación.
Aportación municipal: 15% del presupuesto total de la inversión-actuación.
El Municipio beneficiario deberá hacerse cargo de la cuantía que resulte de la diferencia entre
el 100% de la inversión a ejecutar y de la ayuda concedida por la Diputación Provincial de
Cáceres.
La percepción de esta subvención será incompatible con la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos de los distintos que procedan de cualesquiera Administraciones
Públicas, o entes públicos o privados, nacionales, comunitarios o internacionales, que persigan
la misma finalidad que esta subvención.
3.- ENTIDADES BENEFICIARIAS Y OBLIGACIONES.
3.1.- ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Podrán solicitar, y en su caso obtener, las ayudas públicas contempladas en esta convocatoria,
todos aquellos municipios de la provincia de Cáceres con población, en el momento de
CVE:
BOP-2023-1695
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
Pág. 8682