Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1694)
BOP-2023-1694 Bases reguladoras y convocatoria de subvención para el fomentar la creación de comunidades energéticas por municipios de hasta 5.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
37 páginas totales
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ÁREA DE MEDIOAMBIENTE Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Directamente proporcional a las condiciones no cumplidas, en los términos
establecidos en la convocatoria, en su defecto se impondrá un 5 %.
BASE DECIMOCUARTA. PROCEDIMIENTOS DE REINTEGRO Y DE DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA.
14.1.- PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO.
Si la Diputación Provincial de Cáceres apreciara alguno de los supuestos de reintegro
establecidos en el artículo 36, 37 y 38 de la Ordenanza General de Subvenciones y 37 de la LGS,
exigirá a la entidad beneficiaria las cantidades que correspondan, de acuerdo al procedimiento
establecido en los artículos 41 y 42 de la LGS y 94 y siguientes del RLGS, incluidos los intereses
de demora que pudieran corresponderle.
Asimismo, en esta subvención, el procedimiento de reintegro se iniciará
automáticamente por el órgano competente de esta Institución Provincial si la entidad
beneficiaria no se constituye en comunidad energética en el plazo de 8 meses desde la
resolución de concesión definitiva de la subvención.
La competencia para acordar el reintegro corresponderá a la Presidencia de la
Diputación Provincial de Cáceres.
14.2.- DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA.
No obstante, el artículo 40 de la OGS y el artículo 90 del RLGS posibilita al beneficiario a
devolver con carácter voluntario, sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de esta, de acuerdo
con la situación de su expediente. Procederá acompañar el recibo de la transferencia
correspondiente, efectuada a favor de la cuenta de la Diputación Provincial de Cáceres
ES68.2103.7412.2600.3000.4395. En todo caso, en el concepto de la transferencia se hará
constar el código DIR3 correspondiente al órgano gestor de las subvenciones, esto Economía
Verde y Circular LA0002766.
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando
la concurrencia y recepción de otras subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y
todo ello con la exigencia de los intereses de demora que correspondan, para lo que se aplicará
el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos
Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE DECIMOQUINTA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. SUBCONTRATACIÓN.
15.1.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.
Las ayudas previstas en este programa son incompatibles con cualesquiera otras que,
para la misma finalidad, reciba la entidad beneficiaria procedente de otras Administraciones o
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2FX8F3X0PMBP0EC0CPJQO639PEQTPW
DIPCC-PF2FX8F3X0PMBP0EC0CPJQO639PEQTPW
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
CARLOS
CARLOS
RODRIGUEZ
Firmantes:
L02000010
21/03/2023
11:55
26/36
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2023-1694
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
Pág. 8669
Directamente proporcional a las condiciones no cumplidas, en los términos
establecidos en la convocatoria, en su defecto se impondrá un 5 %.
BASE DECIMOCUARTA. PROCEDIMIENTOS DE REINTEGRO Y DE DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA.
14.1.- PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO.
Si la Diputación Provincial de Cáceres apreciara alguno de los supuestos de reintegro
establecidos en el artículo 36, 37 y 38 de la Ordenanza General de Subvenciones y 37 de la LGS,
exigirá a la entidad beneficiaria las cantidades que correspondan, de acuerdo al procedimiento
establecido en los artículos 41 y 42 de la LGS y 94 y siguientes del RLGS, incluidos los intereses
de demora que pudieran corresponderle.
Asimismo, en esta subvención, el procedimiento de reintegro se iniciará
automáticamente por el órgano competente de esta Institución Provincial si la entidad
beneficiaria no se constituye en comunidad energética en el plazo de 8 meses desde la
resolución de concesión definitiva de la subvención.
La competencia para acordar el reintegro corresponderá a la Presidencia de la
Diputación Provincial de Cáceres.
14.2.- DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA.
No obstante, el artículo 40 de la OGS y el artículo 90 del RLGS posibilita al beneficiario a
devolver con carácter voluntario, sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de esta, de acuerdo
con la situación de su expediente. Procederá acompañar el recibo de la transferencia
correspondiente, efectuada a favor de la cuenta de la Diputación Provincial de Cáceres
ES68.2103.7412.2600.3000.4395. En todo caso, en el concepto de la transferencia se hará
constar el código DIR3 correspondiente al órgano gestor de las subvenciones, esto Economía
Verde y Circular LA0002766.
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando
la concurrencia y recepción de otras subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y
todo ello con la exigencia de los intereses de demora que correspondan, para lo que se aplicará
el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos
Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE DECIMOQUINTA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. SUBCONTRATACIÓN.
15.1.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.
Las ayudas previstas en este programa son incompatibles con cualesquiera otras que,
para la misma finalidad, reciba la entidad beneficiaria procedente de otras Administraciones o
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2FX8F3X0PMBP0EC0CPJQO639PEQTPW
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es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
CARLOS
CARLOS
RODRIGUEZ
Firmantes:
L02000010
21/03/2023
11:55
26/36
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2023-1694
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
Pág. 8669