Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1694)
BOP-2023-1694 Bases reguladoras y convocatoria de subvención para el fomentar la creación de comunidades energéticas por municipios de hasta 5.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
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ÁREA DE MEDIOAMBIENTE Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
ampliado la distancia máxima del autoconsumo compartido hasta los 2 kilómetros.
Recibirán la puntuación correspondiente a este criterio aquellas solicitudes en función de
la superficie de suelo urbano cubierta dentro del radio de 2 kilómetros desde la
localización prevista para la instalación fotovoltaica.
Para calcular esta opción se realizará por parte de Diputación de Cáceres la comprobación
del porcentaje de la delimitación de suelo urbano del municipio publicado de la página
web http://www.ideex.es/IDEEXVisor/ respecto a la circunferencia de radio 2 km desde la
localización de la instalación fotovoltaica propuesta.
Las puntuaciones serán:
o Superficie de suelo urbano cubierta < 50 %: 3 puntos
o Superficie de suelo urbano cubierta ≥ 50% y < 75%: 6 puntos
o Superficie de suelo urbano cubierta ≥ 75 %: 10 puntos
Si en la solicitud no se indica localización prevista para la instalación fotovoltaica no se
obtendrán puntos por este criterio.
Criterios de desempate. El empate entre varias proposiciones tras la aplicación de los criterios
de selección de la ayuda se resolverá mediante sorteo.
Tras la valoración de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios anteriores,
se establecerá una relación de entidades locales ordenadas en función de los puntos obtenidos
en orden decreciente y proponiéndose como beneficiarias para la concesión de ayuda a aqué-
llas que hubiesen obtenido mayor puntuación.
Finalizada la convocatoria, y en orden a los puntos obtenidos de forma decreciente se
constituirá una Lista de Espera con las Entidades locales que sin haber obtenido ayuda hubiese
sido admitida su solicitud.
Asimismo, en caso de aumentarse el crédito de la partida presupuestaria a lo largo del
presente ejercicio se seguirá atendiendo las solicitudes de las Entidades locales incluidas en la
Lista de Espera por orden de prelación.
BASE OCTAVA. INSTRUCCIÓN. COMISIÓN DE VALORACIÓN. RESOLUCIÓN. NOTIFICACIONES
ELECTRÓNICAS.
El procedimiento de concesión de las subvenciones concedidas al amparo de la presente
convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
8.1.-INSTRUCCIÓN.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Medio Ambiente y
Transición Ecológica de la Diputación de Cáceres, como órgano gestor del procedimiento, en
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2FX8F3X0PMBP0EC0CPJQO639PEQTPW
DIPCC-PF2FX8F3X0PMBP0EC0CPJQO639PEQTPW
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
CARLOS
CARLOS
RODRIGUEZ
Firmantes:
L02000010
21/03/2023
11:55
16/36
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2023-1694
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
Pág. 8659
ampliado la distancia máxima del autoconsumo compartido hasta los 2 kilómetros.
Recibirán la puntuación correspondiente a este criterio aquellas solicitudes en función de
la superficie de suelo urbano cubierta dentro del radio de 2 kilómetros desde la
localización prevista para la instalación fotovoltaica.
Para calcular esta opción se realizará por parte de Diputación de Cáceres la comprobación
del porcentaje de la delimitación de suelo urbano del municipio publicado de la página
web http://www.ideex.es/IDEEXVisor/ respecto a la circunferencia de radio 2 km desde la
localización de la instalación fotovoltaica propuesta.
Las puntuaciones serán:
o Superficie de suelo urbano cubierta < 50 %: 3 puntos
o Superficie de suelo urbano cubierta ≥ 50% y < 75%: 6 puntos
o Superficie de suelo urbano cubierta ≥ 75 %: 10 puntos
Si en la solicitud no se indica localización prevista para la instalación fotovoltaica no se
obtendrán puntos por este criterio.
Criterios de desempate. El empate entre varias proposiciones tras la aplicación de los criterios
de selección de la ayuda se resolverá mediante sorteo.
Tras la valoración de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios anteriores,
se establecerá una relación de entidades locales ordenadas en función de los puntos obtenidos
en orden decreciente y proponiéndose como beneficiarias para la concesión de ayuda a aqué-
llas que hubiesen obtenido mayor puntuación.
Finalizada la convocatoria, y en orden a los puntos obtenidos de forma decreciente se
constituirá una Lista de Espera con las Entidades locales que sin haber obtenido ayuda hubiese
sido admitida su solicitud.
Asimismo, en caso de aumentarse el crédito de la partida presupuestaria a lo largo del
presente ejercicio se seguirá atendiendo las solicitudes de las Entidades locales incluidas en la
Lista de Espera por orden de prelación.
BASE OCTAVA. INSTRUCCIÓN. COMISIÓN DE VALORACIÓN. RESOLUCIÓN. NOTIFICACIONES
ELECTRÓNICAS.
El procedimiento de concesión de las subvenciones concedidas al amparo de la presente
convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
8.1.-INSTRUCCIÓN.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Medio Ambiente y
Transición Ecológica de la Diputación de Cáceres, como órgano gestor del procedimiento, en
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2FX8F3X0PMBP0EC0CPJQO639PEQTPW
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CASAS
AVILES
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(DIPUTACION
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CACERES)
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RODRIGUEZ
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L02000010
21/03/2023
11:55
16/36
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CVE:
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