Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-1655)
BOP-2023-1655 Reglamento Interno Escuela Profesional "TajoSalor Emplea".
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1.- Jornada y horario.
a) La jornada ordinaria de trabajo es de treinta y siete horas y media
semanales de trabajo efectivo de lunes a viernes. (7 horas y 30 minutos
diarios). Es obligada la concurrencia y permanencia en el puesto de
trabajo de todo el personal desde las 8:00 a 15:00 horas.
b)Durante la jornada de trabajo se podrá realizar con un descanso de 30 minutos
que se computará como tiempo efectivo de trabajo; en caso de jornadas de
trabajo inferiores a la ordinaria el tiempo de descanso será en proporción al
tiempo trabajado.
2.- Vacaciones Anuales
Los períodos de vacaciones anuales retribuidas serán de, 30 días naturales
o 22 días hábiles o bien los días que le correspondan en proporción al tiempo de
servicios efectivos prestados, en el caso de que éste sea inferior a un año.
El calendario de vacaciones será expuesto con dos meses de antelación en
lugar accesible a los interesados.
Las vacaciones del personal directivo, técnico, docente y de apoyo y de
los/as alumnos/as trabajadores/as, preferentemente, deberán de coincidir en el
mismo periodo de disfrute. Para ello el equipo directivo y técnico del programa,
una vez analizados los itinerarios formativos y las unidades de obra
encomendadas, podrá adaptar las fechas disponibles para el disfrute del periodo
vacacional. El calendario de vacaciones será pactado por equipo directivo y
docente siempre contando con el Vº Bº de la Entidad Promotora, e informado al
alumno trabajador participante en el proyecto, entendiendo, en cualquier caso,
que los períodos establecidos afectarán a la totalidad de los participantes del
Proyecto o especialidad.
Si por necesidades de servicio las vacaciones no pudieran disfrutarse por la
totalidad de las especialidades del proyecto, éstas se pactarán con la especialidad
o especialidades correspondientes, comunicándose a la entidad con un mínimo de
un mes de antelación.
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Cód.
Validación:
DFRW7T6MLXHTEY3RKLZ7FLTCM
Verificación:
https://tajosalor.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2023-1655
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Martes, 21 de marzo de 2023
N.º 0055
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