Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2023-1631)
BOP-2023-1631 Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Residencia Mixta de Mayores.
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Articulo 48°.- En circunstancias excepciones (pandemias, emergencias sanitarias... etc), la
salida de los/as usuarios/as, así como las visitas a los/as residentes, estarán reguladas por la
normativa establecida o indicaciones puntuales de ese momento.
Articulo 49°.- Los/as residentes no podrán salir del Centro sin comunicarlo a la Dirección, y si
así fuera, el Centro quedará eximido de toda responsabilidad judicial y penal con respecto al/la
residente
Articulo 50°.- Tanto los/as residentes, como los/as trabajadores/as del Centro, merecen respeto
y consideración; cuando se dirija a ellos/as, hágalo con amabilidad.
Articulo 51º.- Cuando tenga algún problema con su compañero/a de habitación u otro/a
usuario/a trabajador/a del Centro, procure evitar cualquier tipo de enfrentamiento; póngalo en
conocimiento de la Dirección del Centro.
Articulo 52º.- El consumo de productos del tabaco deberá hacerse exclusivamente en aquellos
lugares o espacios en los que no esté prohibido, de acuerdo a los artículos 6 y 7 de la Ley
42/2010 de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de
medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la
publicidad de los productos del tabaco.
CAPÍTULO IV. DEL COMEDOR.
Articulo 53°.- El menú es único para todos, salvo los regímenes prescritos por su médico/a.
Artículo 54°.- Los horarios deben cumplirse con al mayor rigurosidad posible para evitar
trastornos en el servicio. Si por alguna circunstancia prevé la imposibilidad de hacerlo, deberá
comunicarlo con la debida antelación. El menú será expuesto semanalmente en el tablón de
anuncios del Centro.
Articulo 55°.- Los/as usuarios/as que no deseen hacer uso de uno de los servicios del comedor
lo notificarán con al menos un día de antelación.
Artículo 56°.- No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos,
servilletas, etc., ni entrar alimentos que no sean los propios del Centro
Articulo 57º. - Recuerde que su plaza en el comedor es fija, no obstante, el/la Responsable del
Centro, por necesidades de servicio podrá efectuar los cambios que se consideren oportunos.
Si por cualquier causa desea una modificación deberá canalizarla a través de las solicitudes del
buzón de sugerencias.
CVE:
BOP-2023-1631
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de marzo de 2023
N.º 0055
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