Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra. (BOP-2023-1593)
BOP-2023-1593 Estabilización de Empleo.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
VILLANUEVA DE LA SIERRA (CÁCERES)
CIUDAD UNIVERSAL DEL ÁRBOL
decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca
de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su
colaboración en el Tribunal].
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso de
selección, que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del mismo proceso
selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos. No obstante, en las
convocatorias específicas de cada puesto se podrá exigir el cumplimiento de otros
requisitos específicos como pruebas psicotécnicas o físicas, que guarden relación
directa y objetiva con las funciones y tareas a desempeñar.
Respecto a la determinación de los méritos, siempre deberá cumplirse con la
prohibición de que los procesos sean restringidos. Ni formal ni materialmente su
determinación puede implicar la posibilidad de que personas distintas a las que ocupan
estos puestos puedan presentarse o puedan tener una puntuación necesaria para
obtener la plaza.
a) Experiencia: hasta un máximo de 60 puntos:
 Por haber prestado servicios como personal funcionario interino en el mismo
cuerpo o escala o como personal laboral temporal en la misma categoría
profesional y especialidad , o personal laboral con tareas de auxiliar
administrativo en el Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra: 0,30 puntos/
mes.
 Por haber prestado servicios como personal funcionario interino en el mismo
cuerpo y escala o personal laboral temporal en la misma categoría profesional y
especialidad en otras administraciones públicas: 0,15 puntos/mes.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción
de la jornada realmente trabajada.
La experiencia profesional se acreditará a través de certificados de los servicios
prestados emitidos por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen
presado. Dicha certificación deberá contener, al menos, el subgrupo o en su caso grupo
CVE:
BOP-2023-1593
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de marzo de 2023
N.º 0053
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