Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-1526)
BOP-2023-1526 Bases para la selección de funcionario por concurso-oposición, para cubrir una plaza de Auxiliar administrativo/a para el Ayuntamiento de Alcuéscar.
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hubieran accedido a través de la convocatoria o del turno de personas con discapacidad
deberán acreditar el grado de la misma exigido antes de procederse a su nombramiento
como funcionario de carrera, debiendo constatarse además por el órgano competente la
compatibilidad de la discapacidad con el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes. De no acreditarse ambos extremos quedarán automáticamente
decaídos en su derecho, no pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera y quedando
sin efecto la totalidad de las actuaciones relativas a los mismos.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, el
aspirante propuesto, será nombrado como personal funcionario de carrera.
La Resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía en su condición
de jefatura directa del personal, y se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [dirección https:// alcuescar.sedelectronica.es] y, en su caso, en el Tablón
de Anuncios, para mayor difusión.
En materia de publicación el nombramiento se publicará en los lugares
establecidos en las bases no siendo necesario publicarlo en el BOP. La publicación en la
página-web municipal no es una obligación exigible ni por las disposiciones sectorial en
la material ni por aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, no obstante se considera que es una
forma de publicidad adecuada para el conocimiento por los aspirantes del resultado del
proceso para lo que se recomienda su determinación en las bases reguladoras con lo que
se da cumplimiento a las exigencias de publicidad activa en virtud de lo dispuesto en el
artículo 21.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
Una vez publicado el nombramiento, se deberá proceder a la toma de posesión
por los nombrados dentro del plazo máximo de tres días hábiles a partir de dicha
publicación.
La condición de personal funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento
sucesivo de los siguientes requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en
el Diario Oficial correspondiente.
c) Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de
Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
d) Toma de posesión dentro del plazo que se establezca.
A efectos de lo dispuesto en el apartado b) anterior, no podrán ser personal
funcionario y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una
vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la
convocatoria (artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre).
CVE:
BOP-2023-1526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de marzo de 2023
N.º 0051
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