Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2023-1441)
BOP-2023-1441 Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.











Objeto y efectos que se pretenden con su aplicación.
Destinatario/a.
Modalidad de concesión para distinguir el procedimiento a aplicar en cada caso de
conformidad con lo establecido al respecto en el presente plan.
Plazo necesario para su consecución.
Coste.
Financiación.
Plan de acción.
Indicadores.
ARTÍCULO 15. (MODIFICACIONES DEL PLAN).
La concesión de subvenciones no recogidas en el Plan está condicionada a la modificación
previa del mismo.
La introducción de nuevas líneas de subvención en el Plan o la modificación de líneas ya
incluidas, también estarán condicionadas a la modificación previa o simultánea del referido
Plan.
No será necesaria la modificación del Plan en los supuestos de modificación de líneas de
subvención existentes, cuando la modificación consista en la variación del importe asignado a
una subvención de la línea, siempre que el resto de los componentes de la misma
permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar acreditado en el expediente, por
parte del centro gestor correspondiente.
ARTÍCULO 16. (SEGUIMIENTO DEL PLAN).
Este Plan Estratégico debe ser revisado al objeto de:
Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su vigencia,
o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
Actualizar los importes de aquellas que se mantengan.
Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la consecución de
los objetivos previamente establecidos.
A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los indicadores de
cumplimiento de sus objetivos. Este seguimiento se realizará con carácter anual por el
departamento municipal al que se le encomiende, para lo cual, por parte de cada uno de los
Servicios, Unidades y Entidades gestoras de subvenciones se procederá de acuerdo con las
instrucciones que al respecto emita dicho departamento.
CVE:
BOP-2023-1441
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
Pág. 7615