Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2023-1441)
BOP-2023-1441 Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
a.
b.
c.
1.
2.
En el presente procedimiento de concesión se deberán respetar los principios establecidos en
este plan y de conformidad con lo dispuesto en la legislación en materia de Subvenciones y las
bases de cada convocatoria.
ARTÍCULO 9. (CONCESIÓN DIRECTA).
De conformidad con el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, podrán concederse de
forma directa las siguientes subvenciones:
Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales de la Entidad, en los
términos recogidos en los Convenios y las Ordenanzas reguladoras de sus bases.
Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una
Norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de
aplicación de acuerdo con su propia Normativa.
Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública.
CAPÍTULO V. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN, COSTES
PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 10. (EFECTOS DEL PLAN).
Fomentar la realización de actividades de interés general, así como la colaboración
entre las distintas Concejalías y los/as particulares para la gestión de actividades de
interés público.
Impulsar, promover y potenciar la participación de nuestro municipio en los distintos
ámbitos de gestión municipal de interés concurrente.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho
alguno a favor de los/as potenciales beneficiarios/as, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
ARTÍCULO 11. (PLAZOS).
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en
las bases de la convocatoria, en el acuerdo de concesión, en su caso, en el correspondiente
convenio, o en el documento que proceda.
CVE:
BOP-2023-1441
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
Pág. 7613