Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2023-1441)
BOP-2023-1441 Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.
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Apoyar iniciativas de participación juveniles de grupos no formales.
Apoyar la formación de cuadros juveniles que favorezcan el relevo generacional de las
entidades.
BIENESTAR SOCIAL:
Atención a personas en situación de dependencia.
Promoción de la inclusión de las personas con diversidad funcional.
Atención y prevención de las situaciones de vulnerabilidad.
Prevención y atención a la exclusión social de las mujeres
Fomento de la cohesión social.
Gestión de ayudas de apoyo social para cubrir necesidades o situaciones
excepcionales de las personas o familias.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA:
Fomento de acciones que favorezcan la calidad de vida de la ciudadanía.
Promoción de programas, acciones o actividades que fomenten el asociacionismo.
Impulso de campañas informativas y de sensibilización hacia la ciudadanía de interés
público.
Dinamización de los distritos a través de proyectos interasociativos.
Promoción de acciones que amparen la defensa de los derechos de la ciudadanía.
CAPÍTULO IV. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 8. (PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN).
Las subvenciones podrán concederse de forma directa o mediante procedimiento en régimen
de concurrencia competitiva. El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se
tramitará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria pública.
Tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la
concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes
presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios
de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, dentro del
crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados
criterios. La concesión de subvenciones en los términos y con el alcance previsto en la Ley
General de Subvenciones, mediante concesión directa nominativa, siempre que estén previstas
en el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio correspondiente.
CVE:
BOP-2023-1441
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
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