Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarilla. (BOP-2023-1440)
BOP-2023-1440 Pliego de Cláusulas Administrativas particulares para contrato de gestión de servicios por procedimiento abierto
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25.7. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones.
El/a contratista estará obligado/a, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí
mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y
autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro
organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del
suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
CLÁUSULA VIGÉSIMOSEXTA. Subcontratación.
Se autoriza la subcontratación parcial de las prestaciones accesorias objeto del contrato en los
términos y con las condiciones que establece el artículo 215 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público.
La subcontratación deberá realizarse cumpliendo los requisitos básicos siguientes:
a) Comunicación previa y por escrito al Ayuntamiento del adjudicatario de los datos
siguientes en relación con cada subcontrato que pretenda realizar:
- Identificación de/al subcontratista, con sus datos de personalidad, capacidad y
solvencia.
- Identificación de las partes del contrato a realizar por el/a subcontratista.
- Importe de las prestaciones a subcontratar.
b) No podrá subcontratarse con personas o empresas inhabilitadas para contratar con la
Administración ni carentes de la capacidad, solvencia y habilitación profesional precisa
para ejecutar las prestaciones concretas que se subcontratan.
c) El/a contratista que subcontrate deberá comprobar con carácter previo al inicio de los
trabajos que subcontrate, la afiliación y alta en la Seguridad Social de los/as
trabajadores/as que vayan a realizar los trabajos en cuestión en cumplimiento de lo
establecido en el Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la
regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de
viviendas.
d) El/a contratista deberá informar a los/as representantes de los/as trabajadores/as de
la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral.
CVE:
BOP-2023-1440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
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