Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2023-1394)
BOP-2023-1394 Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con la Comunidad de Regantes de Jerte.
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OCTAVA.- GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE
DATOS.
1. Los datos y ficheros que conteniendo datos de carácter personal sean facilitados por la
Comunidad de Regantes, o por terceros/as autorizados/as por éste, serán incorporados a
ficheros automatizados titularidad del OARGT, consintiendo expresamente, mediante la firma
del presente, el tratamiento automatizado de los mismos.
2. Una vez incorporados los datos a los sistemas de información que tratan los ficheros de su
titularidad, el OARGT pasará a ser considerado Encargado del Tratamiento, siendo la finalidad
del tratamiento la prestación de los servicios encomendados y la adecuada gestión y ejercicio
de las competencias delegadas.
3. El OARGT se compromete a adoptar e implantar las medidas de seguridad técnica y
organizativa que correspondan de conformidad a su Política de Seguridad de la Información en
cumplimiento de la vigente normativa de protección de datos.
4. La Comunidad de Regantes designará el personal de su Organización que, previa obtención
de una clave asignada por el OARGT de acuerdo a su Política de Seguridad de la Información
y Protección de Datos, podrá acceder a la base de datos e intercambiar información o ficheros
con datos de carácter personal por medios electrónicos o físicos con personal del OARGT,
exclusivamente en los términos que constan en el presente Convenio.
5. La Comunidad de Regantes mantendrá actualizado el listado de personas autorizadas para
acceso a bases de datos, comunicando las variaciones que pudieran producirse a través del
procedimiento para la gestión de usuarios/as y formularios aprobados por el OARGT.
6. El personal designado está obligado al más estricto y completo sigilo respecto de los datos
de carácter personal, económico o fiscal tratados, tanto si afecta a personas físicas o jurídicas
o a las entidades del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, aun
después de extinguido el Convenio.
7. Igualmente está obligado a adecuar sus actuaciones conforme a las instrucciones del
OARGT adoptando todas aquellas medidas de índole técnica y organizativa que resulten
necesarias para garantizar la seguridad de los datos, así como para evitar su alteración,
pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
8. El OARGT atenderá las solicitudes de ejercicio de derechos en materia de protección de
datos formulados por los/as interesados/as.
CVE:
BOP-2023-1394
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de marzo de 2023
N.º 0047
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