Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2023-1394)
BOP-2023-1394 Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con la Comunidad de Regantes de Jerte.
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9. Ambas partes se comprometen, en caso de extinción o rescisión del presente Convenio, a la
entrega o eliminación, si así lo permite la normativa reguladora de los procedimientos, los datos
personales facilitados, así como cualquier soporte o documento donde consten.
10. La Comunidad de Regantes autoriza expresamente al OARGT, mediante la firma del
presente, a la publicación de datos o documentos para cumplir con las exigencias de la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, o que puedan ser reutilizables en los términos de la Ley 37/2007, de 16 de
noviembre, sobre Reutilización de la Información del Sector Público, con prevalencia en
cualquier caso del derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal,
procediendo en tal caso a su disociación.
NOVENA.- CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES
ESTIPULADAS.
El incumplimiento de las condiciones estipuladas, por parte del O.A.R.G.T., dará opción a la
Comunidad de Regantes a la denuncia del convenio.
Cuando el incumplimiento sea por parte de la Comunidad de Regantes, el O.A.R.G.T. podrá,
asimismo, decidir la denuncia del convenio.
DÉCIMA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.
Este Convenio se establece por períodos de 1 año, a contar desde el día de la fecha y quedará
automáticamente renovado por periodos de un año, si ninguna de las partes manifiesta
expresamente su voluntad en contra.
La denuncia del Convenio podrá instarse por cualquiera de las partes en caso de
incumplimiento, comunicándolo con seis meses de antelación al vencimiento del periodo
contractual.
UNDÉCIMA.- NORMAS SUBSIDIARIAS.
En lo no previsto en este convenio, será aplicable, en primer término, la legislación del
Régimen Local vigente en la materia, y con carácter subsidiario, la Ley General Tributaria y en
cuanto a procedimiento, el Reglamento General de Recaudación, Instrucción de Contabilidad y
Reglamento del Organismo Autónomo.
CVE:
BOP-2023-1394
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de marzo de 2023
N.º 0047
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