Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2023-1394)
BOP-2023-1394 Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con la Comunidad de Regantes de Jerte.
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Los documentos de cargo serán confeccionados por el O.A.R.G.T., conforme a los datos
previamente entregados con la debida formalización por la Comunidad, y serán remitidos, por
duplicado ejemplar, a la Comunidad a efectos de que ésta preste su conformidad al mismo. Si
transcurrido un mes desde la recepción por parte de la Comunidad de Regantes de los
ejemplares remitidos, uno de ellos no ha sido devuelto, debidamente firmado, al O.A.R.G.T., se
presumirá que se ha prestado conformidad al cargo remitido.
Las datas por bajas se formalizarán por el O.A.R.G.T., la cuales irán suficientemente
documentadas.
En cuanto a las suspensiones, fraccionamientos y aplazamientos de pago de las deudas, se
estará a lo dispuesto en la correspondiente Ordenanza General del O.A.R.G.T.
Los recursos económicos cuya gestión se encomienden al O.A.R.G.T. deberán estar
convenientemente identificados, siendo datos imprescindibles a aportar por la Comunidad los
siguientes: nombre y apellidos, NIF/CIF y domicilio fiscal del sujeto pasivo, quedando el
O.A.R.G.T exonerado de toda responsabilidad en las deudas que no cumplan estos requisitos.
QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE APREMIO.
En la tramitación del procedimiento de apremio se seguirán las prescripciones del Reglamento
General de Recaudación, la Ley General Tributaria, la Ley del Procedimiento administrativo
común de las Administraciones Públicas, la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, así
como las de la Ordenanza del O.A.R.G.T., y demás normativa vigente de aplicación.
Las tercerías de dominio que puedan promoverse, se presentarán en la Secretaría del
Organismo Autónomo u oficinas recaudatorias, en escrito dirigido al Ilmo. Sr. Presidente del
Organismo Autónomo. El Organismo Autónomo, en unión de los documentos que el/a
reclamante haya presentado, los remitirá al Presidente con propuesta de resolución.
En el caso de falta de postores en las subastas, el Gerente del Organismo Autónomo por
conducto de la Presidencia, remitirá a la Comunidad un informe con propuesta de resolución
sobre la conveniencia de pedir la adjudicación a su favor de los bienes no rematados, a cuyos
efectos se hará la correspondiente reserva de su derecho en el acta de la subasta. La
Comunidad en el plazo de 30 días resolverá sobre dicha cuestión. Si transcurrido dicho plazo
no comunicase la resolución al Organismo Autónomo se entenderá que no acepta la
adjudicación de los bienes.
CVE:
BOP-2023-1394
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de marzo de 2023
N.º 0047
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