Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2023-1324)
BOP-2023-1324 Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno para Programa Colaborativo Rural.
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Ayuntamiento de Navas del Madroño
notificada al/a interesado/a y en la que deberán constar los siguientes datos:
a) Descripción de los hechos así como la fecha en que se produjeron.
b) Indicación de la categoría de falta que corresponde a los hechos según lo recogido dentro
del Reglamento de Régimen Interno.
c) Comunicación del recurso.
6. Se remitirá informe al SEXPE de las faltas muy graves.
7. El/la trabajador/a tendrá derecho a apelar la sanción, presentando por escrito y dentro de un
plazo de tres días hábiles desde la notificación las alegaciones oportunas.
8. En el caso de faltas muy Graves (baja definitiva), requerirá la tramitación establecida en la
normativa concordante del Programa que corresponda.
Artículo 16. Régimen Jurídico, Jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y
modificación.
a) Régimen Jurídico. En lo no establecido en el presente Reglamento Interno, se estará a lo
dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del Organismo
Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente. La Jurisdicción Social, es la competente para conocer acerca de las
cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad
Promotora y los/as alumnos/as / trabajadores/as, así como entre ésta y los/as integrantes del
Equipo Formativo.
c) Entrada en vigor. El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido publicado
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
d) Vigencia. Se mantendrá vigente durante la duración de cualquier ET/TE/ CO/PCR/EP que
sean llevados a cabo por el Ayuntamiento de Navas del Madroño como entidad promotora, todo
ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/Reforma. La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento del
equipo directivo de los TE/ET/CO/PCR/EP, podrá acordar las modificaciones que se estimen
convenientes al presente Reglamento Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes. Quedan exceptuadas las
modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se
produzca durante su vigencia en la normativa que regula la materia.
El presente Reglamento Interno, ha sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Navas del
Madroño en la Sesión ordinaria celebrada el 23/02/2023.
Ayuntamiento de Navas del Madroño
Plza. de la Constitución, 1, Navas del Madroño. 10930 (Cáceres). Tfno. 927375002. Fax: 927375290
Cód.
Validación:
5DA534Z43DXK3C345TYSML6PK
Verificación:
https://navasdelmadrono.sedelectronica.es/
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Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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notificada al/a interesado/a y en la que deberán constar los siguientes datos:
a) Descripción de los hechos así como la fecha en que se produjeron.
b) Indicación de la categoría de falta que corresponde a los hechos según lo recogido dentro
del Reglamento de Régimen Interno.
c) Comunicación del recurso.
6. Se remitirá informe al SEXPE de las faltas muy graves.
7. El/la trabajador/a tendrá derecho a apelar la sanción, presentando por escrito y dentro de un
plazo de tres días hábiles desde la notificación las alegaciones oportunas.
8. En el caso de faltas muy Graves (baja definitiva), requerirá la tramitación establecida en la
normativa concordante del Programa que corresponda.
Artículo 16. Régimen Jurídico, Jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y
modificación.
a) Régimen Jurídico. En lo no establecido en el presente Reglamento Interno, se estará a lo
dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del Organismo
Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente. La Jurisdicción Social, es la competente para conocer acerca de las
cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad
Promotora y los/as alumnos/as / trabajadores/as, así como entre ésta y los/as integrantes del
Equipo Formativo.
c) Entrada en vigor. El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido publicado
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
d) Vigencia. Se mantendrá vigente durante la duración de cualquier ET/TE/ CO/PCR/EP que
sean llevados a cabo por el Ayuntamiento de Navas del Madroño como entidad promotora, todo
ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/Reforma. La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento del
equipo directivo de los TE/ET/CO/PCR/EP, podrá acordar las modificaciones que se estimen
convenientes al presente Reglamento Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes. Quedan exceptuadas las
modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se
produzca durante su vigencia en la normativa que regula la materia.
El presente Reglamento Interno, ha sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Navas del
Madroño en la Sesión ordinaria celebrada el 23/02/2023.
Ayuntamiento de Navas del Madroño
Plza. de la Constitución, 1, Navas del Madroño. 10930 (Cáceres). Tfno. 927375002. Fax: 927375290
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