Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2023-1317)
BOP-2023-1317 Aprobación definitiva Reglamento Regulador Bolsas Trabajo.
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ARTÍCULO 5.- ORDEN DE PRELACIÓN.
El orden de prelación de los/as aspirantes en las bolsas de trabajo será el que resulte de la
prueba selectiva o prueba específica realizada, de forma que se aplicarán sucesivamente los
siguientes criterios:
1º. Mayor número de ejercicios aprobados.
2º. A igualdad de ejercicios aprobados, mayor puntuación en la suma de los ejercicios
aprobados más, en su caso, la fase de concurso.
3º. En caso de empate, se atenderá en primer lugar al sexo menos representado en la
Categoría Profesional, y en segundo lugar al orden del sorteo de las pruebas selectivas
correspondientes, y que se publica anualmente en el Boletín Oficial de la Provincia, para su
aplicación general a todas las pruebas selectivas convocadas por Entidad Local Menor de La
Moheda de Gata.
ARTÍCULO 6.- PROCEDIMIENTO DE LLAMAMIENTOS.
1. El Ayuntamiento de la Entidad Local Menor de La Moheda de Gata realizará los
llamamientos atendiendo al orden de prelación de la bolsa de trabajo, de acuerdo con el
siguiente procedimiento:
a) Los llamamientos seguirán el orden de la bolsa de trabajo para cualquier tipo de
oferta.
b) Los llamamientos se efectuarán a través de llamada telefónica por la administración
de de la Entidad Local Menor de La Moheda de Gata.
2. Las personas integrantes de cada una de las bolsas de trabajo serán llamadas para acceder
a las contrataciones en cualquiera de sus modalidades o nombramientos por riguroso orden de
número, siempre que se encuentre en situación de “disponible” en la fecha prevista en el inicio
del contrato ofertado o nombramiento de funcionario interino y reúna el resto de requisitos, sin
perjuicio de lo establecido para la mejora de empleo.
3. Se realizará un máximo de tres llamadas a los números de teléfono facilitados por cada
integrante de bolsa, con un intervalo aproximado de dos horas entre cada una de ellas. Dicho
proceso, se realizará durante tres días hábiles consecutivos. Siempre que los medios técnicos
lo permitan, se enviará al teléfono de la persona un mensaje de texto informándole de que se le
han realizado tres llamadas y no ha sido posible localizarla.
CVE:
BOP-2023-1317
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 6933
El orden de prelación de los/as aspirantes en las bolsas de trabajo será el que resulte de la
prueba selectiva o prueba específica realizada, de forma que se aplicarán sucesivamente los
siguientes criterios:
1º. Mayor número de ejercicios aprobados.
2º. A igualdad de ejercicios aprobados, mayor puntuación en la suma de los ejercicios
aprobados más, en su caso, la fase de concurso.
3º. En caso de empate, se atenderá en primer lugar al sexo menos representado en la
Categoría Profesional, y en segundo lugar al orden del sorteo de las pruebas selectivas
correspondientes, y que se publica anualmente en el Boletín Oficial de la Provincia, para su
aplicación general a todas las pruebas selectivas convocadas por Entidad Local Menor de La
Moheda de Gata.
ARTÍCULO 6.- PROCEDIMIENTO DE LLAMAMIENTOS.
1. El Ayuntamiento de la Entidad Local Menor de La Moheda de Gata realizará los
llamamientos atendiendo al orden de prelación de la bolsa de trabajo, de acuerdo con el
siguiente procedimiento:
a) Los llamamientos seguirán el orden de la bolsa de trabajo para cualquier tipo de
oferta.
b) Los llamamientos se efectuarán a través de llamada telefónica por la administración
de de la Entidad Local Menor de La Moheda de Gata.
2. Las personas integrantes de cada una de las bolsas de trabajo serán llamadas para acceder
a las contrataciones en cualquiera de sus modalidades o nombramientos por riguroso orden de
número, siempre que se encuentre en situación de “disponible” en la fecha prevista en el inicio
del contrato ofertado o nombramiento de funcionario interino y reúna el resto de requisitos, sin
perjuicio de lo establecido para la mejora de empleo.
3. Se realizará un máximo de tres llamadas a los números de teléfono facilitados por cada
integrante de bolsa, con un intervalo aproximado de dos horas entre cada una de ellas. Dicho
proceso, se realizará durante tres días hábiles consecutivos. Siempre que los medios técnicos
lo permitan, se enviará al teléfono de la persona un mensaje de texto informándole de que se le
han realizado tres llamadas y no ha sido posible localizarla.
CVE:
BOP-2023-1317
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Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 6933