Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-1138)
BOP-2023-1138 Bases que han de regir la concesión de subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales (ONGD’S), para proyectos de sensibilización social y educación para la ciudadanía global para el año 2023.
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Núm. expediente: 2023/00005353E
l) No se subvencionará a aquellas federaciones, agrupaciones de ONGDs,
cuyas organizaciones integrantes hayan solicitado subvención a través de este
Plan.
BASE QUINTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.-
1.- Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será necesario
presentar la documentación que a continuación se relaciona:
I. Solicitud que se ajustará al formato que figura en el ANEXO I firmada
por el representante Legal de la Entidad.
II. Copia del título o poder a favor de la persona que formule la solicitud. En
caso de que la persona firmante de la solicitud sea el/la Presidenta de la entidad y
tenga conferida por estatutos la representación de la misma será suficiente la
presentación de un certificado expedido por el/la secretario/a de la organización.
III. Copia del DNI o del NIE (Número de Identificación de extranjeros) en
vigor de la persona que formule la solicitud.
IV. Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la ONGD.
V. Copia de los estatutos de la organización de los que se deberá deducir
la inexistencia de ánimo de lucro así como su dedicación a la realización de
actividades de cooperación internacional al desarrollo o, en general, al fomento de
la solidaridad entre los pueblos a fin de mejorar las condiciones de vida de su
población.
VI. Se deberá aportar copia del certificado de inscripción en el registro de la
AECID o de la AEXCID.
VII. Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres
obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente
en sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, con la
Hacienda Local y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos
(Anexo II). El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo
aportar entonces la certificación.
VIII. Declaración formal según modelo facilitado (Anexo III) de cumplir
los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de las
subvenciones solicitadas o percibidas de otras Administraciones Públicas o
Instituciones públicas o privadas para esa misma actividad y de los compromisos
adquiridos en virtud de lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
IX. Proyecto/s de Educación para la ciudadanía global, para el que se
solicita la subvención, y que deberá cumplimentarse según los criterios que se
establecen en el Anexo IV.
X. Memoria de actividades realizada por la ONGd en la ciudad de Cáceres.
XI. No será necesaria la aportación de aquellos documentos que hayan sido
aportados anteriormente por la entidad solicitante ante el Ayuntamiento, siempre
que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron
entregados, que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan y no hayan sufrido modificación alguna.
Excepcionalmente si el órgano gestor no pudiera recabar los citados documentos,
podrá solicitar nuevamente a la entidad solicitante su aportación.
2.- Cada entidad podrá presentar como máximo una solicitud de subvención con los límites
cuantitativos previstos en las Bases Segunda apartado 2º y Novena apartado 4º.
CVE:
BOP-2023-1138
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 1 de marzo de 2023
N.º 0041
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